Beltrones sí puede
Francisco Rodríguez miércoles 8, Feb 2012Índice político
Francisco Rodríguez
Presento disculpas. La colaboración de ayer, misma que bordó sobre la calidad de candidato sustituto del PAN que, ante cualquier contingencia, pudiera ocupar el “delfín” Ernesto Cordero -si Felipe Calderón no opta por darle un premio de consolación en la administración federal-, contiene un error que, por fortuna, el lector Pedro García Palazuelos se encargó de hacerme notar, por lo cual retorno al tema.
“… en el PRI, constitucionalmente, sí se puede dar un candidato sustituto -me escribe García Palazuelos. ¿Por qué? Porque ninguna regla de una norma secundaria, como lo es un reglamento interno de un partido político, no puede estar por encima de lo establecido en la Constitución general del país y, en el caso concreto, la Constitución de México no exige la renuncia previa de un senador a su cargo para ser candidato. Ergo, Beltrones posee frente a sí no una sino siete hipótesis legales por las cuales puede llegar a ser candidato a la Presidencia o Presidente de la República e instaurar para bien de México un gobierno de coalición que es su objetivo e inspiración…”.Tras la lectura de este acotamiento, como llama mi remitente a su texto más que clarificador, acudí a la recién festejada -pero no leída y menos entendida— Carta Magna que, en su Capítulo III, en efecto, dice lo siguiente:
“Artículo 82. Para ser Presidente se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante veinte años.
II. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección;
III. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días no interrumpe la residencia.IV. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.
V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección.
VI. No ser secretario o subsecretario de Estado, procurador general de la República, gobernador de algún estado ni jefe de Gobierno del Distrito Federal, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección, y…”
En efecto, el numeral sexto de este artículo constitucional no menciona los cargos legislativos, por lo que el senador Beltrones sí está en disponibilidad de ser candidato sustituto, en caso de que a Enrique Peña se le atravesara cualquier contingencia que le impidiera continuar cual ungido.
Item mas, el propio lector García Palazuelos me remite a su blog, donde ha abordado el tema y ahí leo lo publicado el anterior primer día de febrero:
“Las siete alternativas con las que legalmente cuenta Beltrones ¡¡Para ser candidato y Presidente de México este año 2012!!
– Beltrones renunció sólo a participar en la elección interna del PRI, como precandidato, pero jamás renunció a ser candidato, y en su caso, Presidente de México el año 2012…
– En estos momentos no existe registrado para la Presidencia ningún candidato por ningún partido, porque la Ley Federal Electoral (Cofipe) aún no lo permite.
Beltrones cuenta con las siete siguientes oportunidades para ser candidato y Presidente de México:
1) De acuerdo al artículo 223 del Cofipe, Beltrones cuenta hasta las 12 de la noche del día 22 de marzo del año 2012, para ser registrado como candidato a la presidencia por a) el PRI, o b) por algún otro partido político.
2) De acuerdo al artículo 225 del Cofipe, Beltrones cuenta hasta las 12 de la noche del día 27 de marzo del año 2012, para ser registrado como candidato a la Presidencia, en caso de que alguno de los registrados no cumpla con algún requisito.
3) De acuerdo al artículo 227 del Cofipe, Beltrones cuenta hasta las 12 de la noche del día 1 de junio del año 2012, para ser registrado como candidato a la Presidencia, en caso de inhabilitación, incapacidad, o renuncia del candidato registrado.
4) De acuerdo al artículo 85 de la Constitución, Beltrones puede ser Presidente, si el día 1 de diciembre de 2012, el electo no se presenta a tomar posesión del cargo; la elección no estuviere hecha; o no estuviere declarada válida.
5) De acuerdo al artículo 86 constitucional, Beltrones puede ser Presidente después del día 1 de diciembre del año 2012, si el electo renuncia por causa grave.
6) De acuerdo al artículo 84 de la Constitución, Beltrones puede ser Presidente, si en los 2 primeros años del periodo respectivo existe falta absoluta del Presidente electo.
7) De acuerdo al mismo artículo 84 de la Constitución, Beltrones puede ser Presidente sustituto, si en los últimos 4 años del periodo respectivo, existe falta absoluta del Presidente electo…”
Índice Flamígero: ¡Ah, qué buena medicina! Científicos de todo el mundo voltean a ver a nuestro país. Más concretamente a las filas de las llamadas izquierdas, para conocer qué es lo que están tomando sus militantes y con esas pócimas conseguir presentarse unidos en cuanto acto público es propicio. Ayer, sonrientes, Andrés Manuel López Obrador y Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano que hasta las vísperas parecían irreconciliables. Igual ha sucedido con “los chuchos”, que ahora cuerpean a AMLO. Y ni qué decir del final feliz alcanzado con la selección de candidato presidencial. Muchos apostaban a que Marcelo Ebrard haría berrinche, y nada de eso. Está sonriente. ¿Esa medicina será untada o comestible?