La moribunda Suprema Corte acepta revisar la reforma judicial creada por AMLO
Miguel Ángel Rivera viernes 4, Oct 2024Clase Política
Miguel Ángel Rivera
Los poderes Ejecutivo y Legislativo ya dan por hecho consumada la reforma (desaparición) del actual Poder Judicial y su reemplazo por otra estructura, totalmente sometida a los designios de quien despache en Palacio Nacional.
Para ello, se realizó una reforma a la Constitución General de la República que ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y, por consiguiente, se considera que ya está plenamente en vigor, aunque de hecho no se puede aplicar porque los sumisos integrantes de las mayorías oficialistas en las cámaras de Diputados y de Senadores “olvidaron” promulgar las leyes reglamentarias.
Además, existen quejas porque en las prisas por aprobar lo que les ordenaba el cacique de la llamada Cuarta Transformación, antes de que terminara su mandato, los oficialistas legisladores federales y estatales incurrieron en acciones u omisiones que ponen en duda la limpieza de los procedimientos legislativos.
En particular, hay quejas de los diputados y senadores de los partidos de oposición, pero constitucionalmente están impedidos de impugnar la reforma por no tener el número necesario para sustentar una o varias controversias constitucionales.
También hay inconformidad de parte de quienes resultan directamente afectados por los cambios en la Carta Magna: los trabajadores y funcionarios —jueces y magistrados— que están a punto de quedar desempleados. A ellos se debe sumar a quienes se capacitan para ingresar al Poder Judicial, los estudiantes de Derecho de todo el país, quienes ya han salido a las calles para expresar su inconformidad y en respaldo del paro de labores de los referidos trabajadores del PJF.
El problema fundamental es que todos estos inconformes, a pesar de tener argumentos válidos, no tienen (¿o sí?) a quien recurrir, pues la institución de dictaminar si son válidas las demandas de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia, no existe en la práctica. Al aprobarse la reforma de López Obrador, los actuales ministros tienen un plazo máximo de ocho meses, pues sus reemplazos serán elegidos mediante votación general en junio venidero.
También es de tomar en cuenta que, tanto el Ejecutivo —encabezado por López Obrador— como el Legislativo, han desatendido mandatos de jueces federales en plenitud de funciones. Por lo tanto, resulta justificado suponer que, en adelante, tampoco acatarán sentencias que no sean de su agrado, sobre todo que los juzgadores van de salida.
Los ministros en funciones que deseen continuar con el nuevo sistema de elección por voto general, pero no ganen en las urnas en las elecciones de junio de 2025, perderán sus derechos de retiro, como una pensión vitalicia que incluye aguinaldo, seguro de vida, prima vacacional y bono por riesgo.
Los ministros filiales a la 4T perdieron una batalla que puede ser decisiva
Todos estos aspectos y otros muchos que comprende la reforma judicial deberán ser examinados por los salientes ministros de la Suprema Corte de Justicia, que por mayoría decidieron revisar la reforma de López Obrador, lo cual resulta una gran sorpresa para la llamada Cuarta Transformación, que daba por hecho que los ministros ya estaban nulificados.
Cuando parecían totalmente abatidos, los ministros de libre criterio decidieron someter a escrutinio los cambios ordenados por el ex jefe del Ejecutivo. La votación fue de ocho contra tres, con lo cual se cumple lo ordenado por la Constitución antes de los cambios.
Los tres votos en contra, ya se sabe, fueron de las ministras incondicionales de la llamada Cuarta Transformación, Lenia Batres, Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel.
El alcance de esta resolución está explicado en un breve comunicado de la Suprema Corte de Justicia, presidida por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien en la práctica ha dejado constancia de sus principios en defensa de la autonomía del golpeado Poder Judicial Federal.
“El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) llevó a cabo el análisis de una consulta a trámite formulada por su ministra presidenta, a fin de determinar el procedimiento a seguir para atender una solicitud presentada por diversas personas juzgadoras integrantes del Poder Judicial de la Federación, en el sentido de que, a través de la controversia prevista en el artículo 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, La Corte realice un control constitucional relacionado con la reforma en materia judicial a la Constitución Federal, publicada el 15 de septiembre de este año.
“Al respecto, por votación mayoritaria de ocho ministras y ministros, el Pleno resolvió que procede admitir y realizar el turno habitual de la solicitud, con fundamento en la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Lo anterior porque, en dicho precepto, se dispone con amplitud el mandato para el Pleno de La Corte, en el sentido de velar por la autonomía e independencia de los órganos e integrantes de la judicatura federal y, bajo esa luz, conocer y dirimir cualquier controversia suscitada en el Poder Judicial de la Federación con motivo de la interpretación y aplicación de los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución Federal.
“Así, en observancia de su obligación de velar por la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación y de sus integrantes, el Pleno de La Corte determinó que procede que la ministra presidenta admita la solicitud, con fundamento en la mencionada fracción, y que sea turnada al ministro o ministra correspondiente, a efecto de que se elabore el proyecto en el cual se examine, de fondo, la solicitud formulada por los promoventes y se dé cuenta con este ante el Tribunal Pleno.
“La consulta a trámite resuelta en ningún modo prejuzga sobre la procedencia definitiva ni sobre el alcance que pueda llegar a tener la resolución que se dicte en el expediente principal de la controversia, es decir, sobre lo fundado o no de los argumentos y reclamos expuestos por los promoventes de la solicitud original. Tampoco se prejuzga sobre el alcance de las atribuciones que La Corte pueda llegar a tener al momento de someter a control constitucional la reforma aludida, en aspectos tales como la revisión de vicios estrictamente formales e incluso materiales.
“El análisis del resto de las consultas a trámite continuará en próxima sesión del Tribunal Pleno de La Corte”, concluye el comunicado que trata de aparentar que se trata de un asunto de trámite, cuando en realidad el fondo es de mucho mayor alcance, pues podría derivar en un abierto enfrentamiento entre dos de los poderes.
La difícil tarea de preparar la ponencia para decidir si procede una controversia constitucional que eventualmente “congele” la reforma al Poder Judicial se le asignó al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, promovido por el expresidente López Obrador, pero que ha dejado constancia de independencia de criterio y de sólida formación jurídica.
En el fondo, lo que está en disputa es el respeto al artículo 49 constitucional que dice: Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo…
Acapulco puede esperar
Los recientes desastres en diversos estados de la República, de manera destacada los graves daños en Acapulco por dos huracanes con menos de un año de diferencia, pusieron de relieve la falta del Fondo Nacional para Desastres Naturales (Fonden), cancelado como muchos otros por López Obrador.
Por ello, la coordinadora de la bancada del PAN en la Cámara de Diputados, Noemí Luna Ayala, presentó una iniciativa para restituir ese organismo. Advirtió que, si bien los desastres naturales son impredecibles, la respuesta gubernamental no debe serlo.
“Queremos asegurar que las comunidades afectadas reciban los recursos inmediatos, oportunos y suficientes para enfrentar las consecuencias de los fenómenos naturales”, afirmó.
Los legisladores oficialistas respondieron que el gobierno federal dispone recursos para atender esos daños, por lo que no consideraron urgente revisar esa iniciativa, la cual fue turnada a comisiones, para continuar un lento trámite o ir de plano a la “congeladora”.