Vías de apremio, para hacer valer derechos constitucionales de justiciables: PJCDMX
Cd. de México martes 11, Jun 2024
- La titular del Juzgado Décimo Civil, Judith Cova Castillo, explicó que estas vías se aplican en la etapa de ejecución de un juicio, con el fin de hacer valer la voluntad del Estado ganada por un justiciable en un laudo, convenio o sentencia
A través de la etapa de ejecución de un juicio, juezas y jueces civiles del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez, hacen valer la voluntad del Estado ganada por un justiciable en un laudo, convenio o sentencia, mediante las vías de apremio, destacó la titular del Juzgado Décimo Civil, Judith Cova Castillo, con lo que hacen valer derechos consagrados en la Constitución, como el de la propiedad.
En esta etapa, explicó, los impartidores de justicia, basados en pautas, principios y disposiciones señaladas en la legislación procesal civil, obligan a una de las partes, por ejemplo, a pagar dinero o entregar bienes muebles e inmuebles, a través del embargo de cuentas bancarias o de su patrimonio.
“Si nos obligamos a pagar una cantidad de dinero, la pagas. Embargamos, y si no paga (el sentenciado) en el lapso que sigue, entonces rematamos y se lo damos a la persona que tiene derecho en la sentencia. Esta parte no les gusta a muchos, pero son derechos que tienen las personas”, enfatizó.
Cova Castillo explicó que de convenios, laudos y sentencias derivan obligaciones de las partes que alguna de ellas no cumplió; pueden ser obligaciones de dar, de hacer o de no hacer, abundó, y señaló que ordenar lanzar y desposeer a uno de los justiciables es una parte difícil del trabajo de los jueces. Sin embargo, subrayó, se tiene que hacer cumplir el derecho ganado en una sentencia.
Respecto a laudos que deben hacer cumplir los jueces civiles por la vía de apremio, la jueza explicó que, en diferendos comerciales de carácter internacional, las partes pueden someterse al arbitraje de un tribunal, acorde a lo estipulado en el Código de Comercio. Sin embargo, recordó que esos tribunales de arbitraje no tienen capacidad coercitiva, la cual recae en los tribunales de cada país. “Esa fase de ejecución ya es estatal, porque ellos (los tribunales de arbitraje) carecen del imperio que tiene un juez de ejecutar esos asuntos, el imperio de hacer coercible cualquier asunto por los medios legales que tenemos”, indicó.
En cuanto a los convenios, señaló que estos son acuerdos entre los justiciables a los que pueden llegar en el Centro de Justicia Alternativa del PJCDMX, sin la necesidad de dirimir sus controversias mediante un juicio, los cuales, por la vía de apremio, pueden hacerse cumplir por los jueces civiles.
Ese convenio, dijo Cova Castillo, es como si fuera una sentencia, con fuerza ejecutiva para solicitar que un juez lo ejecute.