Sala regional del TEPJF da respiro al partido Nueva Alianza en Edomex
Estado de México viernes 8, Sep 2023
- Ordena restaurar sus derechos
Arturo Baena
Valle de México.— La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha determinado anular todas las decisiones relacionadas con la etapa preventiva del proceso de pérdida de registro de Nueva Alianza. Además, ha ordenado al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) que realice las acciones necesarias para restaurar los derechos de este partido político.
Es importante destacar que tanto el órgano electoral como el Tribunal Electoral mexiquense habían suspendido el registro de este partido, argumentando que no había alcanzado el umbral de votación mínimo en la pasada elección a gobernador.
Según el recuento final de votos de la elección del 4 de junio, Nueva Alianza sólo logró el 2.03% de los votos.
El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México confirmó la designación de una persona interventora responsable del control y vigilancia del uso y destino de recursos y bienes del partido Nueva Alianza Estado de México, con lo cual dejó abierta la puerta para que se siga el procedimiento de liquidación y de pérdida de registro de esa fuerza.
Los actores argumentaron que ese partido recibió 222 mil 323 votos de mexiquenses, es decir, el 3.59% de la votación, pero el IEEM le reconoció poco más de 125 mil 753 votos, lo que significa, el 2.03% de la votación.
Las y los magistrados consideraron infundado el argumento, pues calificaron de erróneo señalar que se deben sumar a esa fuerza política todos los sufragios depositados en favor de las distintas combinaciones posibles derivadas de la coalición, donde participaron con PAN, PRI y PRD, pues los sufragios deben distribuirse entre las diferentes fuerzas políticas.
El TEEM también consideró que la última votación de diputaciones locales de 2021 no aplicaría para mantener el registro como partido y Nueva Alianza no puede elegir cuál de los dos últimos resultados resulta más benéfico para sus intereses, pues debe ser el de la elección inmediata anterior, y el porcentaje de la elección distrital ya le permitió participar en el proceso electoral a la gubernatura.