Proponen sancionar empresas que se beneficien de delitos
Luis Muñoz martes 14, Feb 2023Segunda vuelta
Luis Muñoz
El Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso de la Ciudad de México propuso adecuar la legislación actual en materia penal con la finalidad de implementar el catálogo de delitos por los cuales se podría sancionar penalmente a una persona moral, es decir, una empresa o asociación.
El propósito es fortalecer el combate a la impunidad y garantizar una efectiva impartición de justicia penal. Para ello, estamos proponiendo una iniciativa con modificaciones al artículo 27 BIS del Código Penal local, señaló el diputado Aníbal Cañez Morales.
Explicó que “se trata de que empresas, fundaciones o asociaciones con empleados que hayan participado en la comisión de algún delito o se beneficien del mismo atentando en contra de la salud, la seguridad o la sociedad, reciban un castigo de carácter penal”.
Dicho artículo señala que “las personas morales serán responsables penalmente de los delitos que sean cometidos en su nombre, por su cuenta, en su provecho o exclusivo beneficio, por sus representantes legales y/o administradores de hecho o de derecho”.
Cañez Morales precisó que los casos mínimos en los que pudiese incurrir una empresa como delito sería desde la discriminación hasta un fraude o un tema de corrupción.
“Sin olvidar casos -abundó- como drogar a clientes, abusar de ellos o asesinarlos. También se consideran delitos que atentan en contra del medio ambiente, por ejemplo, casos que pudieran darse, como el derrame de tóxicos en la cuenca del río Sonora por parte de Grupo México, la emisión indiscriminada de contaminantes al aire por empresas que usan combustibles fósiles para su producción, o como la tala ilegal por parte de empresas constructoras en las zonas boscosas de la Ciudad de México”.
Explicó el legislador que la iniciativa refuerza lo que se ha buscado conseguir con la reforma del 2016 del Código Nacional de Procedimientos Penales en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas o morales. El representante panista recordó que con esta reforma se estará atendiendo una exigencia de sancionar a las personas jurídicas o morales en la probable comisión de delitos que impactan en aspectos importantes en la CDMX.
“Se encamina en dos rubros. Primero, establecer que las personas jurídicas puedan ser responsables penalmente de las conductas tipificadas en un catálogo específico de delitos, y con esto evitar que el código evada el mandato de hacer un ejercicio legislativo de discernimiento”.
Segundo: Adecuar el texto vigente en el Código Penal para el Distrito Federal; lo anterior se debe a que el mandato data de diciembre de 2014, es decir, con fecha anterior a la reforma Constitucional y la expedición del Código Nacional de Procedimientos Penales, dejando en un estado de vulnerabilidad a las víctimas.”
En ese sentido, resulta de suma importancia garantizar el Estado de Derecho en la Ciudad de México, pues la omisión legislativa de no contar con un catálogo de delitos para las personas jurídicas o morales no solo contraviene una obligación en una norma general como lo es el Código Nacional de Procedimientos Penales, sino que violenta el principio de legalidad en las vertientes de taxatividad y seguridad jurídica consagrados en la Constitución Federal. Y esto puede llegar a derivar en impunidad y una deficiente impartición de justicia.
Cero violencia contra menores, pide el PRI
Para proteger de mejor manera el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de menores de edad, especialmente en las llamadas redes sociales, es preciso reformar los artículos 79 y 83 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.
La diputada priista Lourdes González Hernández presentó una Iniciativa al respecto y expuso que de ninguna manera pueden ser violentados los derechos de los menores por persona alguna, incluidos los padres, las personas que tengan la guarda y custodia, o sus representantes legales, por lo que es importante regular en la ley de la materia.
Indicó que las redes sociales, páginas webs y los blogs, implica que una serie de derechos fundamentales en infinidad de ocasiones queden al puro arbitrio de cualquier usuario, “habida cuenta de que lo que publicamos en nuestra cuenta personal por voluntad propia no significa que permanezca sin fecha determinada en aquélla cuenta hasta que nosotros queramos”.
En este sentido, añadió que el derecho de las niñas, niños y adolescentes a la propia imagen consiste, por una parte, en la posibilidad de que el menor pueda controlar la captación, reproducción o publicación que se haga de su imagen, su voz o su nombre a través de cualquier medio; y de la otra consiste en la facultad de que el menor decida sobre su propia apariencia física. La legisladora explicó que si bien los menores tienen capacidad jurídica, no pueden ejercer plenamente sus derechos por sí mismos, pero sí a través de sus padres, tutores o representantes legales. También es cierto que estos derechos pueden ser transgredidos por quienes tienen obligación de resguardarlos.
Cierre de precampaña en Texcoco, ¿desafío?
Pocos se hubieran imaginado que el cierre de precampaña de las aspirantes al gobierno del Estado de México, Alejandra Del Moral (del PRI y aliados) y Delfina Gómez (de Morena) lo hicieran en la cuna de la “maestra del diezmo”: Texcoco. ¿Habrá sido una demostración de que “nadie es profeta en su tierra”?
Ya lo dice la Biblia: “Ningún profeta es aceptado en su propia tierra”. Como ahora, que tampoco creen muchos pobladores de la zona que doña Delfina sea la enviada divina para gobernar el Edomex.
¿O se romperá la sentencia bíblica?