Sacan el cigarro de mostradores y de espacios públicos
Salud martes 17, Ene 2023
Quedó prohibido en México, a partir de este lunes, la exhibición del tabaco en puntos de venta, así como las áreas de fumar en restaurantes, esto como parte de la reforma al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
El reglamento, publicado el 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) comenzó a aplicarse desde ayer y con ello se amplía la protección de la salud de la población, en particular de las infancias, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones. “México se vuelve uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes”, afirmó el titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) de México, Gady Zabicky, en un mensaje en redes sociales por la entrada en vigor del nuevo reglamento de la citada ley. Por su parte, el director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, aplaudió, en un mensaje en Twitter, la decisión de México.
“¡Bravo México! La OMS da la bienvenida a un movimiento audaz en el control del tabaco. ¡Hacemos un llamado a todos los países para fortalecer las políticas contra el tabaco para ayudarnos a prevenir 8 millones de muertes cada año!”, apuntó el responsable de la OMS.
Las prohibiciones
En un comunicado conjunto, la Secretaría de Salud (Ssa), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Conadic indicaron que las dos principales disposiciones son la prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, incluida su exhibición en los puntos de venta, y la ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina.
Sobre la comercialización, se establece que “en los puntos de venta habrá impresa una lista textual y escrita con la descripción y los precios de los productos de tabaco” de acuerdo con las características publicadas en el DOF el 13 de enero de 2023″.
En cuanto a la ampliación de espacios 100% libres de humo y emisiones, “en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina”, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, “así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre”.
“Las zonas exclusivamente para fumar deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre, en las cuales está prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, entre otros, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento”, indica un nuevo artículo del reglamento.
Además, indica que las zonas para fumar deben estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.
La Cofepris dijo que se encargará de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento.
En México existen cerca de 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen más de 173 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo.