Feminicidios no ceden en todo el país
Jorge Luis Galicia Palacios lunes 14, Nov 2022Como veo, doy
Jorge Luis Galicia Palacios
- Endurecimiento de políticas públicas, pendiente legislativo
A Ariadna la mataron en la CDMX y después la fueron a tirar cerca de la caseta a Tepoztlán, Morelos; Mónica Citlalli, una joven maestra de inglés, desapareció en Ecatepec, Estado de México, también fue asesinada y su cuerpo abandonado cerca del poblado de Parres, alcaldía de Tlalpan; y así, las noticias de feminicidios no paran en el acontecer nacional ¿Qué hay que hacer para que este tipo de violencia sea erradicado en todo el país?
Diez años han transcurrido desde que el delito de feminicidio se incorporó al Código Penal Federal en el artículo 325, cuando se estableció que: “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”. Sin embargo, pese al endurecimiento de las leyes contra quienes cometen este tipo de delito, seguimos escuchando testimonios de mujeres que son violentadas y lo peor es que con tristeza la sociedad en su conjunto somos testigos de cómo esa violencia deriva en feminicidios.
Las cifras no decrecen y eso da una idea de que en las estrategias para combatir este tipo de delitos algo está fallando.
Apenas el mes pasado, en el Senado de la República, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, insistía en la necesidad de una homologación del tipo penal del feminicidio, pues hay 33 maneras de juzgar —en el ámbito federal y en las 32 entidades de la República—, por lo que presentó, junto con la senadora Gabriela López Gómez, una iniciativa para incluir un tipo homologado de feminicidio, sin modificar el artículo 73 constitucional.
Propuestas legislativas van y vienen con la sola idea de parar de tajo el feminicidio en nuestro país, pero la realidad nos dice que hasta ahora las leyes, las estrategias, los programas, y todo lo que se hace para prevenir y erradicar este tipo de delitos nomás no caminan como uno quisiera, los nombres de Ariadna y Mónica Citlalli, son el crudo ejemplo de que algo sigue fallando.
LAS CARTAS HABLAN.— La reforma al Código Penal Federal, aprobada por el Congreso de la Unión, y publicada en el DOF el 14 de junio de 2012, en su artículo 325, establece, entre otros, lo siguiente:
Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.
Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
VA MI RESTO.— Las penalidades para los feminicidas son muy claras, pero a la hora de su aplicación los agresores son muy escurridizos y buenos para evadir el alcance de la ley, basta con ir a tirar a sus víctimas a otra entidad diferente de donde se comete el ilícito y eso es suficiente para, en principio entorpecer los mandatos judiciales, de ahí la propuesta de la senadora Sánchez Cordero de homologar un tipo homologado de feminicidio.
Ideas hay muchas, en octubre pasado la Cámara de Diputados aprobó dos iniciativas para fortalecer el combate al delito de feminicidio: en la primera se habla de aumentar las penas, hasta en una tercera parte, a quienes cometan el delito de homicidio o feminicidio, a pesar de tener una medida cautelar impuesta por otro delito en contra de la misma víctima. Y, en la segunda, se propone eliminar la figura de “excusa absolutoria”, que actualmente permite que los familiares consanguíneos y personas ligadas con el delincuente por amor, respeto, gratitud o amistad, puedan encubrir sin recibir ninguna pena.
No hay duda, las políticas públicas en la materia son urgentes, de ahí que en este caso corresponda al Legislativo tomar decisiones rápidas y bien fundadas como para parar de tajo los delitos de feminicidios y hasta ahí, porque como veo doy.