Aprueban que desaparición forzada constituya crimen de lesa humanidad
Luis Muñoz lunes 26, Sep 2022Segunda vuelta
Luis Muñoz
La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada con 470 votos a favor, cero en contra y una abstención, un dictamen para que el delito de desaparición forzada de personas constituya un crimen de lesa humanidad, en términos del Estatuto de Roma.
El Estatuto, cabe mencionar, incluye crímenes de violencia sexual tales como la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y el embarazo a la fuerza como crímenes contra la humanidad cuando se cometen como parte de un ataque amplio y sistemático contra una población civil.
También incluye el asesinato, el exterminio, la esclavización, la deportación y otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población civil, o las persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos, cuando tales actos sean cometidos o tales persecuciones sean llevadas a cabo al perpetrar un delito contra la paz.
Dicho lo anterior, el documento aprobado reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares, y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, el Código de Justicia Militar y la Ley Nacional del Registro de Detenciones.
La finalidad es fortalecer el ordenamiento jurídico para mejorar las estrategias de combate y mitigación de las desapariciones forzadas.
Precisa de manera puntual los casos en que los superiores jerárquicos serán considerados autores del delito de desaparición forzada de personas, cuando hayan tenido conocimiento de que los subordinados, bajo su autoridad y control, “estaban cometiendo o se proponían cometer, un delito de esa naturaleza o haya, conscientemente, hecho caso omiso de información que lo indicase claramente”.
En cuanto a las penas, impone de 20 a 30 años de prisión y de 500 a 800 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien omita entregar a la autoridad o familiares al niño o niña nacidos durante el cautiverio de su madre sometida a una desaparición forzada; sustraiga o se apropie del niño o niña sometidos a desaparición forzada, o cuyo padre, madre o tutor hayan sido sometidos a desaparición forzada y oculte, destruya o falsifique aquellos documentos que prueben la identidad de los menores mencionados en las fracciones anteriores.
El dictamen enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establece que, en cualquier caso, el servidor público que sea acreedor a sanciones administrativas, para poder incorporarse a las funciones que le son propias, deberá acreditar nuevamente los cursos necesarios para el desempeño de su cargo o comisión.
Cabe señalar que además contempla que la investigación, persecución, procesamiento y sanción de las conductas relacionadas con el delito de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, “sólo será competencia de las autoridades federales o estatales del orden civil, aun cuando dichas conductas sean realizadas por un militar en contra de otro militar”.
Menciona que el Registro Nacional de Detenciones consiste en una base de datos que concentra la información nacional sobre las personas detenidas conforme a las facultades de las autoridades durante las etapas del proceso penal y al procedimiento administrativo sancionador ante juez municipal o cívico, respectivamente.
Además, sobre las personas que se encuentren privadas de su libertad en instituciones de carácter privado tales como hospitales, residencias psiquiátricas, centros de día, centros de desintoxicación y rehabilitación para usuarios de drogas, instituciones de asistencia y cuidados alternativos de niños, niñas y adolescentes y de personas con discapacidad.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, de Morena, argumentó que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNL) de la Secretaría de Gobernación, al día de hoy permanecen desaparecidas y no localizadas más de 105 mil 805 personas en el país.
Tabe solapa a funcionarios corruptos
El diputado Martín Padilla Sánchez y la Concejal de Miguel Hidalgo, América Miranda, reprobaron que el alcalde Mauricio Tabe utilice los recursos y a los trabajadores de la demarcación para solapar a funcionarios corruptos, en lugar de atender los asuntos prioritarios y las demandas de la población.
Denunciaron que el día 21 de septiembre, alrededor de las 13:00 horas, se llevó a cabo en las inmediaciones de la alcaldía Miguel Hidalgo un mitin al cual las y los trabajadores de base y confianza fueron obligados a asistir en horario laboral.
Dicho evento fue encabezado por el alcalde Mauricio Tabe y el director de Gobierno y Asuntos Jurídicos, César Garrido, quien fue inhabilitado por la Contraloría General por un periodo de 90 días, tras verse involucrado en el levantamiento injustificado de una suspensión clasificada como de alto riesgo en dicha demarcación.