Pide Conatrib armonizar legislación y código para evitar colapso de sistema oral civil y familiar
Cd. de México lunes 13, Jun 2022
- Así lo alertó el magistrado del PJCDMX, Eliseo Hernández, en representación del presidente de la Conatrib, mag. Rafael Guerra Álvarez
- El magistrado Óscar Cervera, a su vez, planteó a legisladores el diseño de leyes con tal claridad que permita su cumplimiento por parte de todos
De nada servirá un buen código nacional de procedimientos civiles y familiares si no está en estrecha relación con la ley general de medios alternativos de solución de controversias, advirtió el magistrado del Poder Judicial de la Ciudad de México, Eliseo Hernández Villaverde, al representar en un foro sobre la materia al presidente de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos (Conatrib), magistrado Rafael Guerra Álvarez.
En el mismo foro, efectuado en el Senado, el también magistrado del PJCDMX, Óscar Cervera Rivero, planteó ante legisladores la necesidad de que, desde su soberanía, y en el marco de su grave responsabilidad de diseñar las leyes que rigen a la sociedad, lo hagan con una claridad tal que permita su cumplimiento por parte de todos, incluso sin la necesidad de acudir a un abogado.
En su oportunidad, Hernández Villaverde urgió a que la sociedad se sensibilice para no judicializar cualquier conflicto, así como para agotar los medios alternos de solución de controversias, pues enfatizó que, de lo contrario, el sistema oral civil y familiar colapsaría ante la imposibilidad material para resolver tantos asuntos.
En el foro Hacia un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Retos y Análisis, organizado por la Comisión de Justicia del Senado, que preside el senador Rafael Espino de la Peña, el magistrado civil precisó los alcances de la propuesta en la materia elaborada en el seno de la Conatrib, y dijo que ese proyecto se sustenta en un mayor respeto a los derechos humanos, que el proceso parta de los principios de la oralidad y acceso pleno de la sociedad a la justicia.
Hernández Villaverde insistió en la necesidad de la armonización del nuevo código con la ley federal en materia de solución de controversias a través de medios alternos, a fin de que sean menos los asuntos que se judicializan, al recordar que actualmente los impartidores de justicia civiles y familiares llevan un promedio de entre 10 y 12 audiencias al día, cuando el estándar internacional marca que deben ser entre cuatro y seis.
“Esto significa que la ley de medios de resolución de controversias debe desarrollar la oportunidad de que la gente se sensibilice de que antes de judicializar cualquier conflicto debe agotar esos medios”, insistió.
Mencionó que desde la implementación de la oralidad en el país, se ha aprendido, desde la experiencia, que no sólo se trata de un procedimiento, sino como una nueva forma de comunicación entre el juez, los justiciables y los abogados.
Además, urgió que los poderes judiciales estatales deben contar con recursos mínimos para poder aplicar un código nacional de procedimientos civiles y mercantiles una vez promulgado, pues se tienen que generar las condiciones de igualdad entre todos los órganos judiciales.
A su vez, el magistrado Cervera Rivero, quien habló sobre la internacionalización de la norma en el derecho interno mexicano, llamó la atención sobre la trascendencia de que el código nacional de procedimientos civiles y familiares quede armonizado con instrumentos de derecho internacional suscritos por México.
“En cuanto a la receptación de la norma internacional en el derecho interno, me parece de gran relevancia porque entre los convenios que ha firmado nuestro país hay tres que inciden de manera directa en la impartición de justicia”, precisó.
Consideró que, en general, el proyecto en la materia que está en el Senado se ve muy bien, pero aseguró que es perfectible y que, en algunos casos, como el de sustracción de menores, no hay un desarrollo.
Esto, dijo, a nivel internacional está regulado por una convención en vigor desde el 8 de septiembre de 1992, y México no cuenta con su respectiva ley reglamentaria, lo que ha llevado a los jueces a resolver centenas de estos casos de alguna u otra manera, dado que los impartidores de justicia tienen que resolverlos de la mejor manera.