Lamenta BMA retraso en operación de figura de juez de ejecución de sanciones penales
Cd. de México martes 24, May 2011De no entrar en operación la nueva figura del juez de ejecución de sanciones penales por falta de recursos, o hacerlo de manera gradual, se corre el riesgo de hacer nugatorio a 40 mil reclusos su derecho a interponer desde cualquier incidente hasta una libertad, advirtió Luis Alfonso Madrigal Pereyra, presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados.
Consideró “preocupante” que la reforma constitucional en materia penal de 2008 no se implemente en tiempo y en las condiciones que se estipuló, en el tema de la creación de la figura del juez de ejecución de sanciones penales en el Distrito Federal, por falta de recursos. Si ello se debe, dijo, a que al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) no ha recibido los recursos monetarios para su implementación, resulta “imperdonable” que las autoridades encargadas de aportar el dinero no hayan previsto este gasto, ya que la reforma estaba planteada, con plazos, desde 2008.
Consideró que no comenzar en tiempo y forma, tal como lo plantea la reforma, se “iniciaría con el pie izquierdo”, y añadió que con la reforma constitucional en materia penal de 2008 no se debe de jugar, ya que se conculcarían los derechos de los reos. Si se incumple por falta de recursos con el establecimiento del juez de ejecución de sanciones, esta reforma, en esa materia, perdería parte de sus efectos, advirtió. A partir del próximo 19 de junio tendrían que entrar en operación 25 juzgados en materia de ejecución de sanciones penales, pero hasta ahora el TSJDF no ha recibido el dinero necesario por parte de las autoridades financieras capitalinas para equipar con infraestructura dichas instancias.
Ante ello, el presidente del TSJDF, magistrado Edgar Elías Azar, ha planteado la posibilidad de que la figura del juez de ejecución de sanciones penales se ponga en marcha de manera gradual, precisamente por falta de dinero. Los jueces de ejecución de sanciones tendrán jurisdicción en materia de aplicación, duración y modificación de las penas, las cuales, hasta ahora, están bajo control de las autoridades administrativas dependientes de los poderes ejecutivos.