Trabajadoras del hogar y su derecho a una jubilación
Luis Muñoz martes 29, Mar 2022Segunda vuelta
Luis Muñoz
Este miércoles 30 de marzo se celebrará el Año Internacional de las Trabajadoras del Hogar, el cual se instituyó hace ya 34 años en el primer Congreso de Trabajadoras del Hogar que se llevó a cabo en Bogotá, Colombia, en 1988, y aún siguen pugnando por colocar en la agenda pública su situación de discriminación sistemática e insistiendo en llamar la atención ante la indiferencia social.
Hasta hace un par de años, en México había 2.4 millones de personas dedicadas al trabajo doméstico remunerado (198 mil 937 hombres y el resto mujeres). Hoy, el número podría ser mayor.
Pero, mayor o menor, en pleno siglo XXI las condiciones laborales de las personas dedicadas al trabajo del hogar o trabajo doméstico remunerado, son de franca esclavitud debido a la desvalorización social de las actividades que componen este trabajo (limpieza general, lavado y planchado de ropa, preparación de alimentos, cuidado de personas adultas mayores y de infantes), así como de los resabios de la esclavitud y servidumbre colonial que aún perviven en la sociedad actual expresados en formas de discriminación y desigualdad.
María Ernestina Ochoa Lujan, ex Vicepresidenta de la Federación Internacional de Trabajadoras del Hogar (FITH), decía: “No sabemos si cada 30 de marzo estamos celebrando lo logrado en cada país o lo mucho que aún nos falta por hacer; pero sabemos que en muchos países las trabajadoras del hogar se vienen organizando y han ganado derechos como un sueldo digno, seguro social, pensión, vacaciones, gratificaciones, 8 horas de trabajo, descanso semanal, etc.”
En México, hay un planteamiento puntual: el derecho a la jubilación de las trabajadoras del hogar a partir de los 65 años de edad.
Diputadas y diputados del grupo parlamentario de MC en la Cámara baja buscan reformar las leyes del Trabajo y de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La finalidad es constituir un fondo para garantizar el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de las personas trabajadoras del hogar. Dicho seguro tendría por objeto garantizar el derecho de las personas a un retiro decente, en condiciones de dignidad y sería equivalente al monto mensual del salario mínimo vigente.
Para recibirlo, deberán acreditar que realizan o realizaron, de manera remunerada, actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral.
Según la iniciativa, el fondo sería un fideicomiso público del Estado constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como fideicomitente, en el Banco del Bienestar, el cual fungirá como institución fiduciaria, mismo que formará parte de la Federación.
Explican los legisladores de MC que el patrimonio del fondo se constituirá por los recursos provenientes del gasto programable, de las donaciones o aportaciones de cualquier tipo, de personas físicas o morales, sin que estas sean consideradas como fideicomisarios o fideicomitentes sobre el patrimonio del fondo, y de las aportaciones voluntarias de cada trabajador.
También se plantea reconocer a las personas trabajadoras del hogar temporales, que son quienes de manera ocasional laboran para diferentes personas empleadoras en actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar por la cual reciben una remuneración, para que gocen del derecho a un seguro de retiro, bajo los principios de solidaridad, eficiencia, sostenibilidad, participación y obligatoriedad.
En la iniciativa resalta la imperiosa necesidad de reformar la Ley Federal del Trabajo para prever de forma clara y expresa los derechos y las obligaciones de personas empleadoras y personas trabajadoras domésticas, particularmente el derecho al fondo de retiro.
Las mujeres que trabajan en el empleo doméstico tienen menores posibilidades de ejercer el derecho a la libertad sindical, el derecho de asociación y el derecho a la negociación colectiva, ya que su lugar de trabajo está ligado regularmente a su alojamiento y alimentación.
A finales de 2019, se estimaba que aproximadamente 2.4 millones de personas se dedicaban al trabajo del hogar de manera informal, lo que representaba 96.7% de los trabajadores del hogar remunerados ocupados en México (92.5% asalariado informal, 3.1 trabajador informal por cuenta propia y 1.0 trabajador informal con percepciones no salariales).
Las trabajadoras del hogar son un sector desprotegido y por ello en 2018 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán del amparo directo 9/2018, determinando que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Y es a partir de esa decisión que la STyPS, mediante la Unidad de Trabajo Digno, vigila que se dé cumplimiento a la normatividad y se asegure la incorporación a la seguridad social de las personas ocupadas en el trabajo doméstico remunerado con el fin de proteger sus derechos humanos laborales para lograr un impacto en el bienestar de ellos, sus familias y su comunidad.