La Profeco extremará vigilancia en Semana Santa
Luis Muñoz lunes 7, Mar 2022Segunda vuelta
Luis Muñoz
Este 4 de marzo se puso en marcha el Operativo de Verificación y Vigilancia Cuaresma 2022. Más de 260 defensores de la confianza vigilarán establecimientos de venta de productos de la temporada.
Esta vigilancia se intensificará durante la Semana Santa, que inicia el 10 de abril y concluye el Domingo de Resurrección (17 de abril), para evitar abusos en los precios de los productos que se consumen en esta fecha.
De acuerdo con el portal Expansión MX, Ricardo Sheffield Padilla, titular de la Profeco, recomendó para esta temporada consumir producto nacional, ya que se ha detectado en el país pescado importado de China que, según alertó, “contiene gran cantidad de agua”.
El funcionario explicó que “hay mucha tilapia importada que la congelan con un sistema que se llama glaseado, es decir, le ponen una capa de hielo encima; entonces la gente piensa que está comprando un pescado muy económico, pero la realidad es que hasta un 40% del peso es agua”.
Pero no sólo eso. También se ha alertado del riesgo a la salud por su consumo, debido a los altos niveles de ácidos grasos; el pez contiene omega 6, que al consumirse en exceso, puede afectar la salud y provocar desde diabetes y problemas al corazón, hasta artritis e incluso Alzheimer”.
En este contexto, la diputada del Partido Verde, María del Rocío Corona Nakamura, exhortó a la Profeco a vigilar de manera permanente precios de productos de la canasta básica, pues se han detectado abusos de acuerdo con quejas vecinales.
La legisladora explicó que eso ayudaría a identificar y evitar aumentos indiscriminados, así como prácticas monopólicas o abusivas.
Por ello, Corona Nakamura planteó facultar a la Profeco a aplicar un programa permanente de vigilancia de precios de los productos que integran la canasta básica al consumidor final.
La iniciativa que adiciona la fracción XIII Bis al artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, expone que la finalidad es identificar y sancionar situaciones como las vividas en la pandemia ante el aumento desproporcionado e injustificado de precios de productos y alimentos al consumidor final, los cuales han generado presiones inflacionarias.
Un ejemplo es el limón, que, de acuerdo con reportes oficiales, a finales de 2021 e inicios de 2022 comerciantes intermediarios lo adquirían de los productores a un precio promedio de 44 pesos y lo vendían a las familias mexicanas a 80 pesos el kilo, “sin una razón justificada o algún motivo en particular que explicara este aumento desconsiderado y desproporcionado”.
Lo anterior no sólo se afecta la capacidad para adquirir los productos, sino también a los pequeños comerciantes que ven trastocado su margen de ganancia y, finalmente, a la economía en su conjunto.
Añadió que “la manipulación nociva e injustificada de precios de muchos productos de la canasta básica es una práctica muy común de intermediarios en épocas de estabilidad económica, pero de mayor incidencia en temporadas de fluctuaciones”.
Por lo anterior, es pertinente y urgente reformar la ley para involucrar en esta lucha en contra de estas prácticas nocivas, al organismo que sí tiene las facultades, el personal y la infraestructura para reaccionar de manera inmediata en su identificación, prevención, sanción y erradicación, como es la Profeco.
Cárcel, a servidores públicos
Para sancionar con pena de 50 a 60 años de prisión al servidor público que sea partícipe del delito de homicidio contra alguna persona defensora de derechos humanos o periodistas, por motivo de sus actividades, opiniones, expresiones o manifestaciones, la legisladora Carolina Ramírez, del PRI, presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados, el fin de semana.
La propuesta reforma y adiciona la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Código Penal Federal y la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Adiciona una fracción III al artículo 219 del Código Penal Federal, para precisar que comete el delito de intimidación, el servidor público que por sí o por interpósita persona, inhiba, intimide, hostigue, amenace o dañe la integridad física o psicológica por el ejercicio de su actividad contra las personas defensoras de los derechos humanos y periodistas.
Cuando las acciones señaladas causen directamente la muerte a un periodista o persona defensora de los derechos humanos, además de las penas establecidas (de dos años a nueve años de prisión y de treinta a cien días multa), se impondrán las sanciones previstas en el artículo 307 Bis del Código.
Reiteró que la propuesta establece en el artículo 307 Bis que “si el homicidio se comete contra un periodista o persona defensora de los derechos humanos por motivo de sus actividades, opiniones, expresiones o manifestaciones, se impondrá una pena de 50 a 60 años de prisión”.