INAI, sin facultades para investigar riqueza de Carlos Loret de Mola
Nacional viernes 18, Feb 2022
- “Batea” la solicitud de López Obrador
Ante la solicitud de Andrés Manuel López Obrador, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) respondió que no cuenta con facultades constitucionales para investigar la riqueza de Carlos Loret de Mola y recordó al Presidente que, como cualquier otro servidor público, debe cumplir “de forma irrestricta con los principios y deberes de la Ley General de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados”.
El INAI le indicó que sólo podría dar a conocer información fiscal de Loret de Mola en caso de que los recursos sean “recibidos directamente del erario público”, o de tener “el consentimiento previo” del periodista, “el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada”.
Ante la resolución, el Instituto invitó a López Obrador a “dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados” a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) como lo haría cualquier ciudadano, pues le recordó que el INAI “no posee un repositorio físico o electrónico de los archivos de los diversos entes públicos a nivel federal”.
Desde que el presidente envió su carta al organismo autónomo para que se pronunciara sobre una investigación a Loret de Mola y sobre la divulgación de información financiera sobre sus ingresos, era evidente el sentido de la respuesta del INAI, pues el organismo no está facultado para llevar a cabo indagaciones, y menos contra personas privadas.
Sólo faltaba observar la manera en que el INAI indicaría al mandatario su negativa y lo hizo mediante una carta de respuesta que leyó su presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena durante la apertura de la sesión ordinaria.
La respuesta del INAI tiene un tono muy institucional y legal, y no hace referencia a los ataques del presidente contra la institución. Tras afirmar que actúa “en estricto apego al marco constitucional y legal vigente” y al “principio de legalidad”.
Aparte, ante la petición de López Obrador de poder divulgar “facturas y comprobantes sobre los ingresos del señor Loret de Mola” en ejercicio de su “derecho a la libertad de información y expresión”, el organismo recordó al mandatario que existen dos artículos de la Constitución, el 6 y el 16, que protegen los datos personales y la privacidad de todos los ciudadanos.
Recalcó que la decisión de dar a conocer “un comprobante con requisitos, fiscales, factura o cualquier otro documento con características similares de una persona física identificada o identificable” que contenga información patrimonial, es “potestad de la persona a quien pertenecen estos datos personales”.
“Este instituto hace hincapié en que todas las instituciones del Estado mexicano así como todas las personas servidoras públicas están obligadas a cumplir de forma irrestricta con los principios y deberes de la Ley General de Datos Personales en posesión de sujetos obligados”, abundó.