Dan plazo a Ssa para vacunar a menores sin comorbilidades
Salud jueves 28, Oct 2021
- Si no cumple, el gobierno caería en abuso de autoridad
La Secretaría de Salud federal recibió un plazo de cinco días para iniciar la vacunación anti-Covid a menores de 12 a 17 años sin distinción de su estado de salud.
El Juzgado Séptimo de Distrito con sede en Naucalpan, Estado de México, advirtió que de incumplirse este mandamiento denunciará el desacato judicial ante la Fiscalía General de la República (FGR) porque las autoridades sanitarias estarían incurriendo en el delito de abuso de autoridad.
“Se concede a las autoridades responsables una prórroga de 5 días hábiles, contados a partir de la legal notificación del presente acuerdo, para que den cumplimiento al resolutivo segundo, en términos del considerando cuarto, de la suspensión definitiva”.
En su resolución del juez, se lee que en el caso de que las autoridades de salud incumplan con el mandato caerían en el delito de abuso de autoridad.
“En ese sentido, reitérese a las autoridades responsables que el incumplimiento de la medida cautelar implica el delito de abuso de autoridad previsto por el artículo 262 fracción III y 265 fracción I, de la Ley de Amparo y sancionado por el numeral 215 del Código Penal Federal, por lo que cualquier violación a la misma dará lugar a que se dé vista al agente del Ministerio Público de la Federación para los efectos conducentes”.
A principios de octubre, Claudia Gámez Galindo, secretaria en funciones de titular del Juzgado Séptimo en Naucalpan, dio a conocer que las autoridades de salud tenían un plazo de 48 horas para que se modifique la Política Nacional de Vacunación (PNV) para que los menores de edad puedan tener acceso a la vacuna, sin importar su estado de salud.
Lo anterior derivó de un amparo promovido por los padres de una menor de edad y de acuerdo con la resolución, en el caso de que las autoridades de salud no admitan la notificación judicial vía internet, el actuario acudirá a la sede de las dependencias a levantar un acta, asentará la negativa de los servidores públicos y tendrá por hecha la notificación.
“La instrucción dada a las oficialías de partes de las oficinas directas del Secretario, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud y la Oficina del abogado general, derivó del incremento de casos confirmados de personas que han contraído el virus SARS.CoV-2 (covid-19)”, indicó el juzgado. “Sin embargo, ningún acuerdo administrativo interno puede estar por encima de las disposiciones que establece la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107, de la Constitución, pues la instrucción referida trastoca lo que establece el artículo 17, de la legislación en comento; además, de que las referidas autoridades están en aptitud de implementar las medidas necesarias a efecto de atender”.