SCJN se perfila por acabar con prohibición absoluta del aborto
Nacional martes 7, Sep 2021
- En etapa inicial del embarazo
Con una mayoría calificada de ocho ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila a declarar inconstitucional la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo en su etapa inicial y por reconocer el derecho que tienen las mujeres a decidir sobre este tema, propuesta que de aprobarse tendrá efectos generales en todo el país.
Los ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que penaliza el aborto en la etapa inicial, sin importar el motivo, de uno a tres años de prisión.
Debido a la reforma judicial y por tratarse de una acción de inconstitucionalidad, la sentencia tendrá efectos generales en todos las entidades, acabando con ello con la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo en su etapa inicial.
Los 8 integrantes de la SCJN se pronunciaron a favor del proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales, mismos que solicitaron extender la inconstitucionalidad a otros artículos de dicho código, entre otros puntos.
Los ocho ministros que alcanzaron a manifestar su apoyo a la propuesta, además del ponente Aguilar Morales, son: Yasmín Esquivel Mossa, Arturo Zaldívar, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández.
Los ministros José Fernando Franco González Salas, Margarita Ríos-Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo podrán exponer este martes sus motivos sobre este tema, ya que son los únicos que hoy no pudieron participar.
En la discusión sobre la propuesta de declarar inconstitucional la criminalización del aborto en Coahuila, establecida aún para casos de violación, ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron por invalidar esta disposición.
El análisis del asunto continuará este martes, pero con los ocho votos anunciados este lunes es suficiente para declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece penas de hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera voluntaria.
Una vez que la SCJN concluya el análisis y votación del asunto, el criterio que establece la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto será obligatorio únicamente para todos los jueces que conozcan de casos en los que se intente llevar a la cárcel a las mujeres que interrumpen voluntariamente sus embarazos.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la extinta Procuraduría General de la República (hoy FGR) contra cuatro artículos del Código Penal de Coahuila, pero dos de ellos ya fueron reformados y la Corte sobreseyó el asunto sobre uno de ellos y el artículo 224 fue declarado válido por 10 votos.
Por su parte, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se manifestó a favor del derecho de las mujeres a decidir y de declarar inconstitucional el artículo impugnado por la entonces PGR.
“Todos estamos a favor de la vida, lo único que sucede es que unos estamos a favor de que la vida para las mujeres sea una en la que se respete su dignidad, que puedan ejercer con plenitud sus derechos”, señaló.
Señaló en que el tema del aborto debe abordarse desde una perspectiva de derechos especialmente sensible por las consecuencias “dramáticas” que genera su penalización en la vida de las mujeres que son forzadas a continuar con embarazos no deseados.
“Condenar a las mujeres a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y su vida, no sólo es profundamente injusto, sino abiertamente inconstitucional”, señaló.