Puerta abierta en la GN para evitar ser cooptados por la delincuencia
Luis Muñoz martes 20, Jul 2021Segunda vuelta
Luis Muñoz
El fin de semana se plantearon reformas a la Ley de la Guardia Nacional y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. En el primer caso es con el objetivo de dar a los elementos no reenganchados en la institución armada la posibilidad de seguir su vocación en la GN y en el segundo, para que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) intervenga en la protección y conservación del medio ambiente, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias.
En su iniciativa para reformar la fracción IX del Artículo 25 de la Ley de la GN, la diputada Lorena Jiménez Andrade (Morena) expone que la reforma daría la oportunidad a cientos de elementos de seguir sirviendo a México, como en su día lo hicieron en el Ejército nacional. En los considerandos de la iniciativa explica que el contrato que se establece entre el aspirante y la Sedena es de tres años, pudiendo renovarse a su término si lo solicita el interesado. Agrega que el total de tiempo de servicios de sus contratos de enganche y los de reenganche admitido, será como máximo de nueve años.
Además, menciona que el Contrato de Enganche es el documento que establece la relación jurídico-administrativa entre la Sedena y el aspirante, en el cual se estipulan las obligaciones y los derechos de este último.
El Contrato de Reenganche es la situación por la cual el personal de reenganchados cambia la condición del personal del servicio militar reenganchado a la jerarquía de suboficial u oficial de mar de acuerdo con las normas vigentes. Señala que de acuerdo a especialistas en materia militar, al no ser reenganchados su ficha de baja sostiene motivos poco honorables, lo cual no les concede facilidades para contratarse como policías o guardias de seguridad privada; pero lo más preocupante es que se corre el riesgo de que sean cooptados por el crimen organizado.
Añade que es vital darles a estos elementos no reenganchados la oportunidad de seguir con su vocación dentro de la Guardia Nacional, no de una manera automática, pero sí ser considerados como una excepción, pues actualmente en la convocatoria que emite la Comandancia de la GN mantiene como requisito: “No haber pertenecido a las Fuerzas Armadas o corporaciones policiacas”. Refiere que el espíritu de este requisito es con el afán de no rodearse de elementos de dudosa probidad o que simplemente quisieran cambiar de posición por un sueldo mayor al que perciben como soldados rasos; sin embargo, en el caso de los no reenganchados, no se trata de fallas por disciplina o “brincar a otra institución”, es por causas meramente circunstanciales.
En ese sentido, sugiere que la Comandancia de la Guardia Nacional analice escrupulosamente cada caso en particular, pues existen elementos del no reenganche como son edad, conducta, estado médico, etcétera.
Una de las recomendaciones que se deben considerar al tratar de que estos elementos sean reenganchados es el ahorro significativo que representa: no tener que invertir mucho tiempo y dinero en la capacitación, ya que son elementos adiestrados dentro de la institución militar, subraya.
En cuanto al caso de la Sedena, diputadas y diputados del PVEM promueven reformas a varias leyes en la materia. Plantean la creación de un Cuerpo de Fuerzas Especiales Ambientales en el Ejército y la Fuerza Aérea.
Los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) plantearon reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para que la Sedena intervenga en la protección y conservación del medio ambiente, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias. Asimismo, para inspeccionar, patrullar y llevar a cabo labores de reconocimiento y vigilancia, a fin de preservar las Áreas Naturales Protegidas, y coadyuvar con las autoridades competentes en el combate a los incendios forestales que señale el Ejecutivo Federal.
También reforma el artículo 6o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para señalar que las atribuciones que esta Ley otorga a la Federación serán ejercidas por el Poder Ejecutivo Federal en coordinación con la Defensa Nacional y Marina, “tratándose de la prevención, protección y control de la contaminación o destrucción del medio marino y terrestre, así como la prevención y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales existentes en las zonas forestales, marinas y costeras bajo jurisdicción federal”.
Adiciona una fracción V al artículo 103 y se agrega los artículos 115 Bis, 115 Ter, 115 Quáter y 115 Quinquies a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para incorporar entre los Cuerpos Especiales del Ejército y Fuerza Aérea el “Cuerpo de Fuerzas Especiales Ambientales”. Lo define como un organismo sujeto a las Leyes y Reglamentos Militares, una fuerza de reacción rápida que tiene por misión garantizar la protección de los recursos naturales, así como impedir durante catástrofes o desastres naturales un daño mayor a los mismos aislada o conjuntamente con otras unidades. Explicaron que su objetivo será coadyuvar a la conservación de los recursos naturales y sus ecosistemas; contará con las unidades aéreas y terrestres y el personal debidamente entrenado, equipado y capacitado para proteger los recursos forestales, la flora y fauna del país, así como para combatir incendios forestales creando unidades de acción rápida de bomberos aéreos y paracaidistas.