Titubeos de Zaldívar alimentan teorías reeleccionistas
Jorge Luis Galicia Palacios lunes 14, Jun 2021Como veo, doy
Jorge Luis Galicia Palacios
- Consultas a modo, no. Cumplimiento de la Constitución, sí
Sigue dando mucho de qué hablar el tema de la ampliación del mandato, por dos años más, del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, y es que, aun cuando el Congreso de la Unión aprobó en abril pasado la expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no fue sino hasta la mañana del lunes 7 de junio cuando ésta se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en la que se establece la ampliación aludida hasta 2024.
La polémica se da no sólo entre la opinión pública en general, donde se argumenta que este experimento judicial da pauta para que desde otra óptica, el Legislativo federal intente modificar la Constitución para ampliar el mandato en el poder Ejecutivo, a nivel federal y locales, como ya se intentó en el caso del gobernador Jaime Bonilla, de Baja California, y -como se rumora- existe la tentación de una ampliación de mandato del actual Presidente de la República.
Por si fuera poco, la polémica también está dentro del mismo sistema judicial, donde a los ministros actuales se les ha quitado la posibilidad de ocupar el máximo cargo del Poder Judicial el año próximo con el argumento de que el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, es el único que puede llevar a cabo la implementación de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que en otra palabras los legisladores que aprobaron el nuevo ordenamiento legal llamaron incompetentes al resto de los ministros y al mismo tiempo confeccionaron una ley a modo y con destinatario único, cosa que en términos del derecho y la justicia no está permitido.
La mayoría de los legisladores que aprobaron dicha ley hablan de legalidad, en tanto que los inconformes refieren que hubo un acto inconstitucional al grado de pedir que esta ley se revierta e incluso hablan de acudir a los tribunales internacionales para denunciar lo que en su enfoque de esta normativa es a todas luces “una transgresión” a la Carta Magna.
No sólo eso, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación también se han sumado a las voces inconformes por la ampliación de mandato para el presidente de la Corte y puntualmente han señalado que lo aprobado “no fue parte de las iniciativas originalmente presentadas, ni de las modificaciones acordadas en el grupo de trabajo del Poder Judicial de la Federación”.
En fin, conocida como “ley Zaldívar”, el artículo décimo tercero transitorio de la ley aprobada establece que: “Con el fin de implementar la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación y las leyes reglamentarias a las que se refiere el presente decreto, la persona que a su entrada en vigor ocupe la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal durará en ese encargo hasta el 30 de noviembre de 2024”.
Literalmente es una ley que pasó de noche, porque fue aprobada por la Cámara de Diputados en la madrugada del viernes 23 de abril del año en curso y casualmente publicada en el DOF en el amanecer del 7 de junio, un día después del proceso electoral y que tenía la atención del país entero en la mira de resultados. Así las cosas en esto de legislar.
LAS CARTAS HABLAN.- Ante la polémica suscitada por la ampliación de mandato antes señalado, el ministro Arturo Zaldívar ha dicho que pondrá a consulta la modificación legal de la que es único beneficiario.
Lo malo es que ya se está haciendo costumbre hacer consulta para todo, acaso no será mejor acatar lo que dice la Constitución y que en este caso señala, en su artículo 97: “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”.
Para mayor claridad sobre el tema, en el artículo 98 constitucional se especifica: “Si faltare un Ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el Presidente someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Senado, en los términos del artículo 96 de esta Constitución”, pero no es el caso, ya que el ministro Zaldívar hasta se quiere pasar de vivo.
Dicho lo anterior, no nos queda duda de que el transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial es una verdadera ocurrencia, por no decir jalada.
VA MI RESTO.- Lo más sano en esta polémica sería que el ministro Arturo Zaldívar acabe con todo este intringulis judicial que sólo alimenta las versiones que hablan de un ejercicio o experimento para abrir el apetito de reeleccionistas y ahora fomentadores de la teoría de la ampliación de mandatos, y eso lo puede lograr si no anda con tantos titubeos y señala que no está de acuerdo con lo que dice el polémico artículo transitorio o más claro que diga que su mandato terminará en el periodo para el que fue electo, que es de cuatro años, si no lo hace su trayectoria profesional quedará en entredicho y con serias dudas en cuanto al cumplimento de los preceptos constitucionales, y hasta ahí porque como veo doy.