Pide magistrado Ayala Casillas adicionar en pena de feminicidio local pérdida de derechos de quien lo comete respecto a su víctima
Cd. de México jueves 23, Abr 2020- Al participar en foro nacional virtual organizado por la Cámara de Diputados, consideró que aquel que lo perpetra debe perder, incluso, sus derechos sucesorios.
- En su participación, hizo propuestas tanto al ámbito legislativo local como al federal para mejorar el combate a ese ilícito.
El feminicidio conlleva el despliegue del máximo nivel de violencia contra la mujer, en afectación de sus derechos inherentes a su persona humana, afirmó el presidente de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, magistrado Javier Raúl Ayala Casillas, quien propuso modificaciones legislativas para mejorar el combate a ese ilícito como incorporar en su pena a nivel local la pérdida de derechos, incluso los sucesorios, de quien lo comete respecto a la víctima.
Al participar en el foro nacional virtual El feminicidio a ocho años de su incorporación en el sistema de justicia: experiencias y desafíos, organizado por la Cámara de Diputados, el magistrado planteó que, en relación a esta propuesta, el Congreso de la Ciudad de México tendría que reformar el artículo 148 bis del Código Penal local.
El también integrante de la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia capitalino, consideró, asimismo, que es necesario iniciar una visión segmentada del fenómeno del feminicidio, a fin de que se cuente con datos certeros que permitan la construcción de políticas públicas preventivas y no sólo reactivas de la comisión de este delito.
Por tanto, se debe distinguir entre el feminicidio doméstico parental y el feminicidio genérico, abundó Ayala Casillas.
El especialista en derecho penal aseguró que si se parte de esa distinción, es posible proyectarse una labor de gestión pública que permee en los estándares y directrices de actuación de la política pública para prevenir el feminicidio doméstico parental con la participación de los diferentes sectores.
En tanto, agregó, también existen mecanismos de prevención del feminicidio y su variante genérica, y que puede materializarse mediante la detección temprana y seguimiento en política pública de los casos de cualquier forma de violencia contra la mujer.
En el ámbito legislativo federal, el magistrado también planteó la necesidad de eliminar la pena de multa en el delito de feminicidio, previsto en el artículo 325 del Código Penal federal, al advertir que ésta no corresponde como reacción del Estado respecto al bien jurídico que se afecta con ese ilícito.