Dan rango constitucional a los derechos humanos
* Especiales, Nacional miércoles 9, Mar 2011- El Senado otorgó a la CNDH la facultad de investigación, que actualmente tiene la SCJN
El Senado de la República aprobó en lo general, con 106 votos a favor, las reformas que elevan a rango constitucional los derechos humanos.
Asimismo, otorga a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) la facultad de investigación, que actualmente tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Además, se establece en la Constitución que nadie puede ser marginado ni discriminado por sus preferencias sexuales y que el ejercicio de los derechos humanos no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos que marque la Carta Magna.
Con ello, se prohíbe toda exclusión por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil u otra que atente contra la dignidad humana.
Se instaura, también, la obligación de las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos según los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Sin embargo, la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) reservó, para su discusión en lo particular, el párrafo cuarto del Artículo primero constitucional, que incluye el concepto de ‘preferencias sexuales’.
En tanto, la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo (PT) apartó los preceptos uno, 11, 29, 97, y 101 del dictamen. Al hablar a favor del dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Pedro Joaquín Coldwell, indicó que si bien se busca proteger a las personas no heterosexuales en todos los ámbitos, no se trata de ‘un fuero o privilegio indebido’.
El senador del PRI dijo que ésta reforma responde a la realidad que viven muchas personas que son discriminadas en los ámbitos familiar, laboral y social, y que han sufrido agresiones físicas, verbales y psicológicas, torturas e incluso la muerte.
‘El derecho a la no discriminación por preferencias sexuales no concede un fuero o un privilegio indebido, por el contrario, se relaciona con el derecho a la igualdad’, subrayó el ex gobernador del estado de Quintana Roo.
Con los cambios avalados, la CNDH tendrá la facultad de investigar posibles violaciones de derechos humanos cuando así lo juzgue conveniente o lo pidan el presidente de la República, el Congreso, gobernadores o las legislaturas estatales.
Las autoridades que no acepten las recomendaciones de la CNDH deberán publicar las razones de su negativa, y los servidores públicos tendrán la obligación de responder a las recomendaciones, de lo contrario serán citados a comparecer ante el Senado.
Se precisa que sólo el Ejecutivo federal ‘podrá restringir o suspender en todo el país o en un lugar determinado los derechos y garantías en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro’.
Para ello, deberá contar con la aprobación del Congreso o, en su caso, de la Comisión Permanente, por un tiempo limitado, sin que la restricción o suspensión se contraiga a determinada persona.
De acuerdo con el dictamen avalado este día, el ejercicio de los derechos humanos ‘no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que establece la Constitución’.
De igual manera, se establece la obligación del Estado mexicano de otorgar asilo, por razones humanitarias, a los extranjeros que lo soliciten y sufran persecución política en algún país.