Reservas con las reservas
Freddy Sánchez jueves 6, Feb 2020Precios y desprecios
Freddy Sánchez
El secreto de estado está por encima del secreto de confesión. O al revés. Eso depende de quien lo juzgue.
El univocismo en el tema simplemente “choca” contra la realidad.
Cada quien da a sus propios secretos una relevancia insuperable y su defensa no tiene parangón.
En la vida pública y privada el afán individual por la salvaguarda de un secreto es tan sagrado como lo que más.
De ahí que “medio mundo” defienda con “uñas y dientes”, la inviolabilidad de la secrecía en diversos rubros.
Lo socorrido de los secretos en la política, los negocios y la vida privada, de tiempo atrás es una buena o mala costumbre que se expande y crece sin mesura ni adecuados controles.
Los secretos que se justifican plenamente se confunden con aquellos que cuesta trabajo creer que sean bien vistos y aceptados. Pero, así y todo, el ocultamiento de información está por todos lados.
Los secretos industriales, el secreto bancario, el sigilo de las indagatorias judiciales, el secreto profesional, la no divulgación de las fuentes de información en el ejercicio periodístico, los secretos culinarios, el resguardo de datos personales, el secreto de la identidad de quienes hacen denuncias ciudadanas en materia mercantil o penal entre tantos y tantos otros secretos.
En los que, obviamente, se encuentran las infidelidades de pareja, los abusos sexuales, las traiciones a la confianza y demás secretos que en México, la gente no sólo prohíja con frenesí, sino que defiende “a pie juntillas”.
De modo que ante esta situación se antoja pertinente una revisión en la cuestión que nos ocupa, a efecto de valorar si es o no conveniente adoptar nuevos criterios sobre la inviolabilidad de ciertos secretos.
Porque no todo ocultamiento de información es defendible y menos cuando se pretende ocultar acciones perniciosas en detrimento de la comunidad.
Una autoridad que haciendo uso de sus facultades legales procede a esconder información sobre la toma de decisiones bajo su mandato, pudiera estar encubriendo conductas deshonestas, errores graves, abusos de poder, desviaciones legales y demás comportamientos poco éticos y corruptos, razón por la que, no debería gozar de la libertad para que a su mera conveniencia se privara a los demás del derecho a conocer qué repercusiones sociales, económicas y políticas llegó a tener todo acto resuelto y ejecutado durante sus gestión administrativa.
La trasparencia en el ejercicio de las funciones públicas, (en los tres niveles de gobierno), es indispensable para que los ciudadanos cataloguen el desempeño de los funcionarios, sea lo que sea que hayan hecho para bien o para mal de la sociedad.
En ese tenor es preciso señalar que los secretos de estado e incluso los secretos de confesión que pongan en riesgo o atenten contra en bien común, no deben estar protegidos por la inviolabilidad.
Y es que en torno a las disposiciones legales y el manejo de información confidencial que goza de la protección legal de la secrecía sería pertinente una modificación de criterios para salvaguardar la no divulgación únicamente de lo que garantice el bienestar colectivo, la paz pública o la estabilidad social y no lo que muchos políticos esconden a la opinión pública para encubrir actos cuestionables, indebidos o corruptos.
En el tema de la opacidad sobre información pública y privada, justo es decir con firmeza y contundencia, que se requieren reformas legales conforme a los nuevos tiempos y circunstancias sociales.
Así que ha llegado el momento de transparentarlo casi todo y ocultar lo menos posible para evitar encubrimientos de conductas deleznables y por lo mismo es preciso tener reservas con las reservas.