La biblioteca legislativa preservará cultura estatal
Estado de México viernes 4, Feb 2011- La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales avaló la Ley de Depósito Legal
La Biblioteca Dr. José María Luis Mora del Poder Legislativo estatal se encargará de recopilar, organizar, proteger y conservar el patrimonio documental y bibliográfico (documentos inéditos y publicaciones) del territorio mexiquense, de acuerdo a la Ley de Depósito Legal para el Estado de México, aprobada por unanimidad de votos en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
En la reunión, en la que avalaron los procedimientos relacionados con el derecho del Ejecutivo estatal de presentar hasta tres iniciativas preferentes por periodo de sesiones, así como el derecho de voz; los legisladores locales aprobaron el dictamen a la iniciativa del diputado Vicente Martínez Alcántara (PRI) que señala que los documentos bibliográficos editados y elaborados en la entidad, forman parte del patrimonio cultural del estado. Por tanto -agrega el documento-, editores y productores que tengan su domicilio legal en territorio mexiquense podrán contribuir a su integración, coincidieron los diputados dictaminadores, en tanto a la biblioteca corresponderá establecer las medidas para la prestación de los servicios bibliográficos y de consulta pública.
El dictamen que deberá ser ratificado por la Asamblea plenaria, agrega que los editores y productores del país entregarán a la biblioteca dos ejemplares de libros, folletos, revistas, periódicos, mapas, partituras musicales; y dos ejemplares de micropelículas, diapositivas, discos, diskettes, audio y videocasetes que contengan información cultural o técnica, preferentemente dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su edición o producción.
Hacer efectivo el derecho del gobernador de presentar hasta tres iniciativas preferentes por cada periodo ordinario de la Legislatura -establecido en el artículo 51 de la Constitución estatal- es el objetivo de las reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y a su Reglamento, aprobadas por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
De acuerdo con la reforma, que deberá ser avalada por el pleno, las iniciativas preferentes deberán remitirse a la legislatura en el primer cuarto del periodo ordinario de sesiones del año que se trate; esto es: en los primeros 21 días del primer periodo (septiembre-diciembre); en los primeros 15 días del segundo (marzo-abril); en los primeros seis del tercero (julio-agosto) y serán votadas a más tardar en la última sesión del periodo en el que se presentaron.
Este tipo de iniciativas contendrán la precisión de ser preferentes y un apartado que sustente las razones por las que se les dio este carácter; lo mismo que si no contienen el apartado en el que se sustenta, situación en la cual el presidente de la legislatura solicitará al gobernador subsane la omisión, para lo que contará con un plazo de 48 horas, de no hacerlo y si aún está en el plazo respectivo podrá presentarla nuevamente, de lo contrario será recibida sin este carácter.
Las comisiones podrán solicitar información adicional para el análisis y en caso de que algún dictamen sea desaprobatorio, se hará del conocimiento del presidente de la legislatura y del gobernador, quien conociendo el sentido del dictamen, podrá retirarlo o solicitar que sea sometido a la consideración de la Asamblea.
El diputado Juan Hugo de la Rosa García (PRD) consideró que al resolver estas iniciativas “no hay ninguna intención de legislar con equidad”; pidió que todas las iniciativas que presentan los diputados tengan un tratamiento equitativo y no únicamente sea en función de sus intereses.