Activan la Fase I de contingencia ambiental en el Valle de México
Nacional jueves 11, Abr 2019José Luis Montañez
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que a las 17:00 horas de ayer miércoles se activó la Fase 1 de la Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Ello, luego de que se registraron 152 puntos de ozono (156 ppb) en el Índice de Calidad del Aire en la estación Pedregal y 151 puntos de ozono (155 ppb) en la estación Merced, en las alcaldías Álvaro Obregón y Venustiano Carranza, respectivamente.
Lo anterior, debido a la presencia de un sistema de alta presión que afecta el centro del país, ocasionando viento débil en superficie y escasa dispersión de los contaminantes por la estabilidad atmosférica, así como por las altas temperaturas y radiación solar.
Apenas el 30 de marzo se decretó la Fase 1 de contingencia ambiental por ozono cuando se alcanzaron 155 puntos en la estación Pedregal, a lo cual se sumaron malas condiciones atmosféricas que impedían la dispersión de los contaminantes.
Las restricciones duraron cerca de 24 horas y al día siguiente se levantó la contingencia cuando se generó viento y nubosidad.
Restricciones al transporte
Este jueves deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas:
• Todos los vehículos con holograma de verificación 2.
• Todos los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación NON y todos los vehículos con engomado de color verde, terminación de placa de circulación 1 y 2.
• Los vehículos sin holograma de verificación o con placas formadas por letras no circulan.
• Todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento, serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.
• Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 22:00 horas.
• Todos los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación NON deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.