Fija ALDF horario para venta y consumo de bebidas alcohólicas
Cd. de México viernes 21, Ene 2011La Asamblea Legislativa publicó ayer jueves el decreto por el que se expide la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, en donde se fija el horario para la venta, consumo o distribución de bebidas alcohólicas.
El documento difundido en la Gaceta Oficial señala que los horarios de venta, consumo o distribución de bebidas alcohólicas para los salones de fiestas será de las 10:00 a las 3:00 horas del siguiente día, y de los clubes privados, de 7:00 a las 3:00 horas. Los restaurantes podrán dar ese servicio de 9:00 a las 2:00 horas del siguiente día; los de hospedaje tendrán un horario permanente, mientras que en los teatros, auditorios y cines será de las 14:00 horas y hasta la última función.
En establecimientos mercantiles cuyo giro principal sea la venta y/o distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto y/o copeo para su consumo en el interior, el horario será de las 11:00 a las 3:00 horas y el de venta de las 11:00 a las 2:30 horas del día siguiente.
De domingo a miércoles el horario de funcionamiento y venta de este tipo de bebidas será de una hora menos al mencionado, asimismo podrán ampliar su horario dos horas de lo establecido, siempre y cuando cumplan con las obligaciones y prohibiciones que señala la ley.
Entre otras disposiciones que establece el decreto difundido está la implementación de programas tendientes a evitar o disuadir la conducción de vehículos bajo el influjo del alcohol.
Así como un programa de taxi seguro, que estará instrumentado a través de la Secretaría de Transporte y Vialidad en coordinación con los titulares de estos giros comerciales.
El decreto tiene como fin regular el funcionamiento de estos comercios en materia ambiental, protección civil, salud, desarrollo urbano y protección a la salud de los no fumadores.