Nuevas leyes en Edomex
¬ Dante Limón lunes 3, Ene 2011El Infierno de Dante
Dante Limón
PURGATORIO: En 2010 el Congreso estatal aprobó por unanimidad 34 nuevas leyes que al fortalecer y actualizar el marco jurídico local permitieron impulsar el desarrollo social y económico; fortalecer el combate a la pobreza; garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; modernizar la administración pública y garantizar una adecuada defensa para beneficio de los más de 15 millones de mexiquenses.
La Ley de Ingresos del Estado de México, así como la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2011, buscan apoyar la economía de los ciudadanos y los inversionistas y fomentar el pago de las contribuciones, a través de estímulos fiscales.
Las siete leyes de la Agenda Legislativa del Bicentenario propuestas por el gobernador Enrique Peña Nieto, aprobadas el 26 de agosto son: la de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Hombres y Mujeres; la de Fomento Económico; de Asistencia Social; de Seguridad Privada; de Mejora Regulatoria; para el Uso de Medios Electrónicos, así como la que crea el Banco de Tejidos del Estado de México.
Días antes, el pleno avaló las leyes de la Juventud y la Reglamentaria de las
fracciones XXV y XXVI del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. En enero, a fin de armonizar el servicio de defensoría con el Sistema de Justicia Acusatorio, Adversarial y Oral, la Asamblea avaló por unanimidad la Ley de la Defensoría Pública.
Para transitar a la cultura de la paz, el perdón, la legalidad y la justicia, el 14 de diciembre los legisladores mexiquenses aprobaron la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz, propuesta por el gobernador mexiquense.
A fin de promover y fomentar la actividad física de los habitantes de 21 municipios, el pleno legislativo avaló las leyes para crear sus Institutos de Cultura Física y Deporte.
LEY DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES
Esta nueva norma busca erradicar la discriminación y la marginación de la mujer; establecer medidas para erradicar la violencia de género y familiar, así como estereotipos en función del sexo y garantizar el acceso a la información en torno a políticas, instrumentos y normas sobre igualdad de género.
Además, establece que el Consejo Estatal de la Mujer será el responsable de articular políticas, diseñar acciones, así como de dar seguimiento y evaluar la aplicación de esta ley.
LEY DE FOMENTO ECONÓMICO
Impulsar políticas públicas modernas; crear un marco regulatorio adecuado; proveer los instrumentos para atender la gestión empresarial en condiciones óptimas y generar un ambiente favorable para la instalación y el crecimiento de la planta productiva del estado, a fin que los empresarios inviertan en la entidad y generen empleos y riqueza, es el objetivo de la Ley de Fomento Económico del Estado de México. Además, con ella se crea el Consejo Estatal de Fomento Económico y Competitividad -un órgano colegiado e interdisciplinario-, cuyo objetivo es establecer anualmente un programa de incentivos a la actividad económica y pone especial atención al desarrollo de las pequeñas y medianas empresas mexiquenses.
LEY DE MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO
El fin específico de esta ley es apoyar a todos aquellos que desempeñen una actividad económica y promuevan la inversión productiva en la entidad, mediante la simplificación y facilitación para acceder a trámites y servicios, particularmente para la apertura de negocios y empresas.
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL
Tiene como propósito que en el Estado de México, normativamente puedan existir y vincularse los tres grandes sistemas que inciden en el bienestar de la población mexiquense: salud, desarrollo social y asistencia social.
La asistencia social como estrategia para lograr la superación de las condiciones de vulnerabilidad que afectan a sus beneficiarios, propone generar la reorganización y transformación de instancias como el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, convirtiéndolo en un ente normativo rector que promueva el control adecuado y la vigilancia de la ejecución de políticas y programas de asistencia social que presten los sistemas municipales del Desarrollo Integral de la Familia. Establece también la creación de un Sistema Estatal de Asistencia Social, vinculado al Sistema Estatal de Salud e integrado por las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública, estatal y municipal; los sectores social y privado con funciones u objeto de asistencia social, y determina que los servicios que se presten en esta materia, deberán cumplir con lo estipulado en las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Técnicas que resulten aplicables.
LEY QUE CREA EL BANCO DE TEJIDOS DEL ESTADO DE MÉXICO
Esta ley busca brindar las máximas garantías en la calidad de los tejidos que son utilizados en trasplantes; satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de la población mexiquense; así como al refinamiento de los procedimientos de procuración, preservación, conservación y utilización del tejido, tendente a lograr un desarrollo acorde a nuestro medio.
PARAÍSO: LEY PARA CREAR MUNICIPIOS Y ARREGLAR DIFERENDOS TERRITORIALES.
Regular los requisitos para la creación o supresión de municipios; los límites municipales y la resolución de las diferencias en esta materia, son objetivos de la Ley Reglamentaria de las fracciones XXV y XXVI del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. En esta nueva norma se establece el procedimiento para establecer los límites intermunicipales y con otras entidades federativas, así como las atribuciones y organización de la Comisión Legislativa de Límites del Estado de México. Entre los requisitos para otorgar la categoría de municipio, menciona una solicitud por escrito; tener una población mayor a 40 mil habitantes, o menor de este número, cuando compartan un pasado histórico y cultural común. Para la supresión de los municipios, el gobernador o el ayuntamiento correspondiente, podrán solicitarlo a la Legislatura, cuando exista incapacidad económica para el sostenimiento de su administración o la notoria disminución de sus habitantes, la cual determinará a cuál o cuáles de los municipios colindantes se agregarán los centros de población y territorio que lo formaban, procurando su unidad social, cultural y geográfica.
Además este ordenamiento sienta las bases del procedimiento para la solución de diferendos limítrofes intermunicipales, en el que se destaca la facultad de la Legislatura mexiquense para resolver al respecto, con el apoyo de la citada Comisión.
LEY DE LA JUVENTUD
Fomentar, establecer, promover y garantizar el ejercicio de los derechos y obligaciones de los jóvenes, así como implementar las políticas públicas y sus medios de ejecución, encaminadas a su atención integral, es el objetivo de la Ley de la Juventud del estado. Además de regular el trabajo de dependencias como el Instituto Mexiquense de la Juventud, Cultura Física y Deporte, Contra las Adicciones, e integrar un Consejo Consultivo Plural de participación para la implementación de políticas públicas.
LEY PARA EL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS
Establecer el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como de las herramientas compatibles: “firma electrónica”, “documento” y “sello digital” para facilitar a los particulares el acceso electrónico a trámites, servicios, consultas de procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Estatal y Municipal, es el objetivo de este ordenamiento. Además, con está norma se crean el Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios” (SEITS) -herramienta informática al servicio de los usuarios- así como el “Registro Único de Personas Acreditadas del Estado de México” (RUPAEM), a través del cual se podrán trámites de manera ágil y expedita, utilizando una clave única que será asignada al solicitar la inscripción en el mismo.
LEY DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
Este ordenamiento regula la prestación del servicio de defensoría pública y crea el Instituto de la Defensoría Pública del Estado, un órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, con autonomía técnica y operativa cuya función es proporcionar orientación jurídica y defensa en materia penal, así como patrocinio civil, familiar, mercantil, de amparo y de justicia para adolescentes, en cualquier etapa del procedimiento legal a las personas que lo soliciten. El servicio de patrocinio de defensa en materia civil y familiar, lo brindará el Instituto a los solicitantes que tengan ingresos menores a 150 días de salario mínimo y en materia mercantil, cuando el demandado sea persona física y tenga ingresos menores a 150 días de salario mínimo; previo estudio socioeconómico, exceptuando casos de extrema pobreza, ignorancia o indigencia, adultos mayores, sin medio comprobable de subsistencia o dependencia de familiares directos.
LEY DE MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PAZ
En este ordenamiento se establecen los principios, bases, requisitos y condiciones para llevar a cabo el sistema de atención alterno de soluciones de conflictos y se crea el Centro Estatal de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa del Poder Judicial mexiquense, cuya finalidad será prestar en forma gratuita servicios de información, orientación, mediación, conciliación y de justicia restaurativa.
Además este Centro deberá formar, capacitar y evaluar a los mediadores-conciliadores y facilitadores, así como a traductores e intérpretes para garantizar los derechos de los grupos indígenas del estado.
21 LEYES PARA CREAR INSTITUTOS MUNICIPALES DEL DEPORTE
A fin de promover y fomentar la actividad física de los habitantes de 21 municipios del Estado de México el pleno de la LVII Legislatura aprobó la creación de los Institutos Municipales de Cultura Física y Deporte de Chalco, La Paz, Jilotepec, Chiconcuac, Tlatlaya, Otzoloapan, Valle de Chalco Solidaridad, Zacazonapan, Tezoyuca, El Oro, Temascalapa, Teoloyucan, Temascalcingo, Donato Guerra, Tultitlán, Ayapango, Morelos, Nopaltepec, Otzolotepec, Nezahualcóyotl y Zumpango.
Una vez constituidos deberán fomentar la salud física, cultural, social y mental de sus poblaciones; promover el deporte entre los adultos mayores y personas con discapacidades; impulsar y captar recursos humanos; elevar el nivel competitivo del deporte municipal; difundir la identidad municipal en otros ámbitos a través del deporte y facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud.
INFIERNO: El 2011 abre su calendario político con el inicio del proceso electoral en el que más de 10 millones de ciudadanos mexiquenses estarán en condiciones de elegir al próximo gobernador de la entidad. Para ello, el Instituto Electoral del Estado de México ha desarrollado todas las actividades preparatorias para estar en condiciones de garantizar el libre ejercicio del voto de los electores, con base en las atribuciones que le confiere la ley en su función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los comicios locales, cuyo proceso da inicio este 3 de enero con la Sesión Solemne del Consejo General del IEEM. En un escenario complejo por la magnitud del territorio y población estatal, sobre todo del número de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores del Estado de México, el IEEM ha dejado todo listo para iniciar la administración y organización de la elección del titular del Ejecutivo mexiquense, a partir de la escrupulosa aplicación de la norma, conforme a los principios que le rigen.
Con todo el instrumental jurídico que se tiene, durante casi medio año de trabajo intenso, el IEEM ha realizado los preparativos para garantizar una elección ejemplar, imparcial, transparente, confiable y dando la certeza a la sociedad mexiquense de abonar con cada una de sus actividades en el proceso de democratización del país y de la entidad, con la renovación periódica de los poderes públicos.
Por su parte, los partidos están obligados a dar su máximo esfuerzo para contribuir en elecciones confiables, al conducirse bajo el marco legal establecido, elevando el nivel del debate y la calidad de su oferta política para buscar el voto de los electores mexiquenses a través de campañas propositivas. Por su parte, los ciudadanos del Estado de México podrán ejercer sus derechos político-electorales, así como contribuir en las diferentes etapas de la organización, desarrollo y vigilancia del proceso electoral de la entidad en las 45 Juntas y Consejos Electorales Distritales, pero sobre todo, en las más de 17 mil casillas que habrán de instalarse y en las que serán los mismos ciudadanos mexiquenses quienes tendrán en sus manos la gran responsabilidad de recibir, escrutar y contar los votos de sus vecinos.
Con el apoyo y esfuerzo de sus órganos colegiados, en los que se tiene una intensa participación de los representantes de los partidos políticos, el IEEM ha trabajado en la adecuación de su instrumental normativo interno, en la integración de los 45 sus órganos desconcentrados, en afinar las actividades operativas de la estructura administrativa, yen el diseño de políticas bajo una administración sustentable que aplique instrumentos de planeación con eficacia y eficiencia, así como de racionalidad y contención del gasto.
En la ruta por mejorar la calidad de la democracia de la entidad, el Instituto Electoral del Estado de México, los partidos políticos, candidatos y los ciudadanos mexiquenses, sin duda darán su mejor esfuerzo y desplegarán todas sus capacidades para llevar a buen puerto una de la elecciones estatales más importantes del país el próximo 3 de julio.