Avala SCJN predialazo para el año fiscal 2017
Cd. de México miércoles 29, Nov 2017- Autorizado por la Asamblea en 2016
- En algunos casos llevó a incrementos de hasta mil 500 por ciento
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el aumento de pago de predial autorizado por la Asamblea Legislativa en diciembre de 2016.
Por 7 votos contra 2, el pleno de la Corte declaró ayer infundada la acción de inconstitucionalidad que diputados de Morena promovieron para impugnar el llamado “predialazo”, que en algunos casos llevó a incrementos de hasta mil 500 por ciento.
Luego de un debate relativamente breve, la Corte avaló dos aspectos distintos del ajuste el pago del predial, que según el gobierno local afectó aproximadamente al 10 por ciento de los inmuebles habitacionales.
Por una parte, los ministros consideraron que el incremento de 3.99 por ciento en dos de los elementos utilizados en la tabla del artículo 130 del Código Fiscal para cálculo del impuesto no violan la garantía de proporcionalidad tributaria.
Dicho aumento se aplicó solo en los conceptos cuota fija y porcentaje a aplicarse sobre el excedente del límite inferior, pero no así en los límites inferior y superior de los valores previstos para cada uno de los 16 rangos de viviendas.
La ministra Norma Piña afirmó que este incremento diferenciado fue una “mala realización” por parte de la Asamblea, que provoca saltos mucho mayores al 3.99 por ciento dentro de los mismos rangos, y que por tanto generan inseguridad jurídica en los contribuyentes.
José Ramón Cossío, el otro disidente, se limitó a expresar que la Asamblea no dio ninguna razón para estas modificaciones, lo que las torna inconstitucionales.
Jorge Pardo, autor del proyecto de sentencia, consideró que el aumento sólo en los dos factores mencionados sí fue proporcional, porque aplicó en los 16 rangos y se mantuvo la progresividad del predial, es decir, paga más quien tiene una vivienda más valiosa.
La otra reforma avalada por la mayoría fue la reducción en el factor de depreciación que se aplica a las viviendas para disminuir el pago de predial.
Postura del GCDMX
La Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR) informó que el pago del impuesto predial establecido para el año fiscal 2017 es válido, luego de que la SCJN desestimó la acción de inconstitucionalidad que promovió Morena.
Puntualizó que, de acuerdo a la SCJN, se declararon infundados todos los planteamientos en los que se sustentó la demanda de invalidez del decreto por el cual se reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones del Código Fiscal publicado en la Gaceta Oficial del 29 de diciembre de 2016.
La SCJN determinó improcedente la demanda porque las normas impugnadas respetan el principio de legalidad tributaria y establece con claridad el valor de construcción de los inmuebles que forman parte de la base del pago del impuesto predial.
Los Ministros desestimaron lo alegado por Morena, respecto a que el cambio en el porcentaje de reducción para el establecimiento de la cuota, transgrede el principio de retroactividad de la ley.