Condiciona tribunal federal holograma “0” al uso de OBD
Nacional jueves 25, May 2017- Autos atrasados
Un tribunal federal estableció, por primera vez, que los autos que no cuentan con Sistema de Diagnóstico a Bordo (OBD por sus siglas en inglés) no tienen derecho al holograma “0” para circular todos los días, aun si no rebasan los topes de emisiones.
El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa revocó el 22 de mayo la suspensión provisional que un juez de distrito había otorgado a Gerardo Guzmán, dueño de un vehículo modelo 2004 que sólo obtuvo holograma “1” aunque pasó la prueba de emisiones.
El criterio del Vigésimo Tribunal es opuesto al sostenido en febrero pasado por el Décimo Primer Tribunal Colegiado de la misma materia, que consideró que basta pasar la prueba para acceder al holograma cero, sin importar si se cuenta o no con el OBD.
La contradicción de tesis respectiva, y la jurisprudencia definitiva sobre el tema, tendrán que ser fijados por el Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito, donde hay magistrados de los veinte tribunales colegiados, aunque el caso podría llegar a la Suprema Corte de Justicia si también hay criterios de tribunales del Estado de México.
“El programa de verificación vehicular reclamado enfatiza la relevancia y preminencia del OBD como medio de detección más eficaz y certero respecto de la emisión de gases contaminantes, de tal forma que si la quejosa, en esta etapa procesal, no demuestra contar dicho sistema, no puede accederse al otorgamiento de la suspensión”, afirmaron los magistrados.
Agregó que la previsión de prueba dinámica o estática para vehículos con OBD que no tienen habilitados los conectores o monitores necesarios, no es aplicable para vehículos que simplemente no tienen el OBD, pues estos tienen vedado el holograma “0”.