Graves trastornos a la salud ocasiona el acoso laboral
¬ AAPAUNAM jueves 20, Abr 2017AAPAUNAM INFORMA
Jorge Delfín Sánchez
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el acoso laboral como cualquier incidente en el cual una persona es abusada, maltratada en circunstancias relacionadas con su trabajo. Estas situaciones pueden ser originadas por jefes, compañeros de trabajo y en cualquier nivel de organización”. En tanto para la Organización Mundial de la Salud (OMS) el mobbing se manifiesta como una situación de violencia o acoso recurrente dirigida hacia una persona.
Señala la académica Aurora Olea Martínez, adscrita al Hospital 1º de Octubre del ISSSTE, que en los últimos años, cada vez de forma creciente se viene hablando de determinadas situaciones cuyo origen se sitúa en el entorno laboral, a las cuales se encuentran expuestos algunos trabajadores, presentan una capacidad importante para hacer daño a quienes son víctimas de ellas, se trata de situaciones que tienen su origen en las relaciones interpersonales
En el ámbito laboral, pueden ocurrir ocasionalmente determinadas situaciones provocadas por el empleador sobre el trabajador, que consisten en la ejecución de ciertas conductas de su parte, ejercidas en forma sistemática e injustificada y que configuran en lo que se denomina “violencia laboral”, también conocida actualmente como “mobbing” o acoso laboral. En general, el mobbing afecta directamente la autoestima de la víctima y el reconocimiento de los demás. Su efecto está vinculado con la propia auto–percepción de los afectados, su rol social, su lugar en el mundo laboral, su capacidad económica, el reconocimiento recibido. El acoso laboral es el fenómeno demostrable producido en el ejercicio del trabajo se caracteriza por una serie de comportamientos acosadores, que atentan contra la dignidad, la salud física o mental de un trabajador, de forma sistemática y recurrente, durante un tiempo prolongado, ejercida por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, y tiene como objetivo que la víctima sea eliminada de la organización o del entorno laboral del acosador.
La víctima suele ser una persona trabajadora muy competente y sobresaliente, cooperadora, comprometida que puede cursar por diversas fases de manifestaciones clínicas que van desde síntomas ansiosos y depresivos hasta consecuencias posteriores en las emociones. Este tipo de acoso puede tener un fin estratégico, se pretende que el acosado renuncie para no tener que pagar la indemnización correspondiente a un despido; puede ser utilizado como un instrumento de gestión, o puede tratarse de un acoso perverso, es decir, sin otra finalidad que hacer sentir mal a la otra persona
Acciones ante la Seguridad Social, si el acoso laboral ha causado en la víctima una enfermedad laboral que le incapacita para trabajar, tendrá derecho a que la Seguridad Social le reconozca la pensión correspondiente. Si alguna de esas enfermedades no aparece en el listado de enfermedades profesionales (como puede suceder en el caso de depresiones o trastornos de ansiedad causados por el acoso laboral) será necesario presentar informes médicos realizados por especialistas en psiquiatría o psicología clínica.
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