Ley Atenco pasa con cambios mínimos
Estado de México martes 28, Mar 2017- En la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Luego de 8 sesiones durante un mes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) terminó este lunes la revisión de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, conocida como Ley Atenco.
El Pleno de la Corte terminó por invalidar sólo porciones de cinco de los 53 artículos permanentes de la ley, la mayoría de ellos de relevancia menor.
El caso fue el primero en el que la Corte estudió una ley de este tipo, y a fin de cuentas se impuso un bloque de ministros que consideró que es imposible hacer una norma que defina todos los escenarios de uso de la fuerza, por lo que son suficientes lineamientos como los fijados por el Congreso del Estado de México.
La vigencia de la ley estaba suspendida a la espera de este fallo, pero si el Congreso mexiquense aguarda a que los ministros aprueben y notifiquen la versión final de la sentencia por escrito, podría seguir congelada durante varios meses, debido a la lentitud del trámite interno en la Corte.
En la sesión de hoy, la Corte anuló por unanimidad fracciones del artículo 12, que hacen definiciones sobre el tema de tortura, ya que esta materia está reservada al Congreso de la Unión.
También fueron invalidados los artículos 24 al 27, que regulan el uso de la fuerza en las cárceles pero también en los centros de reclusión de adolescentes, ya que lo relativo a estos últimos está vedado a las legislaturas estatales.
En este caso la votación fue ocho contra uno, pues la ministra Margarita Luna Ramos argumentó que los artículos no regulan la reinserción social de adolescentes, sino únicamente posibles operativos para controlar problemas en los centros. El Pleno de la Corte rechazó además, por 7 contra 2, argumentos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México en el sentido de que la ley fue omisa en prever sanciones por abusos en el uso de la fuerza, ya que estas conductas están previstas en otras normas.