GEM sí puede normar uso de fuerza pública, declara SCJN
Estado de México viernes 24, Mar 2017- “Ley Atenco”
La Suprema Corte de Justicia avaló la facultad del gobernador del Estado de México para dictar planes de actuación de la fuerza pública ante manifestaciones o reuniones en lugares públicos.
Por 6 votos contra 4, el Pleno de la Corte declaró constitucional el artículo 39 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública, conocida como Ley Atenco.
«Los planes, estrategias y programas para actuar frente a asambleas, manifestaciones o reuniones que se realizan en lugares públicos deberán determinarse conforme al Reglamento», dice el artículo.
La mayoría enfatizó que los detalles sobre protocolos de actuación de las fuerzas de seguridad no pueden estar previstos en una ley, que por definición es abstracta y general.
«Cada operativo responde a las circunstancias específicas del caso», afirmó el autor del proyecto de sentencia, Alberto Pérez Dayán. El bloque de ministros que sistemáticamente ha votado por invalidar esta ley también se opuso al artículo 39.
«Todo lo que tendría que estar en ley para evitar abuso y arbitrariedad, y evitar violencia en el manejo de una manifestación, no solo no está en la ley, sino que la ley remite a un Reglamento» que expide el Ejecutivo, dijo Arturo Zaldívar.
Los artículos 14 al 16 de la ley, impugnados por las comisiones de Derechos Humanos Nacional y del Edomex, también fueron revisados, pero no se alcanzaron los ocho votos necesarios para invalidar alguno de ellos.
Estos artículos facultan a la autoridad para determinar que una manifestación es ilegal si hay personas armadas, para restablecer la paz social mediante el control de multitudes y disturbios, y para que sea el mando a cargo del operativo el que decida si se usa la fuerza, bajo su estricta responsabilidad y con aviso inmediato a su superior.