Aprueba el Senado en lo general Miscelánea Penal
Nacional* miércoles 15, Jun 2016- Reforma 10 ordenamientos legales
El Senado aprobó en lo general la Miscelánea Penal, que reforma 10 ordenamientos legales, a fin de armonizarlos con el nuevo sistema de justicia penal, acusatorio, adversarial y oral que entra en vigor el 18 de junio próximo.
En la primera sesión del periodo extraordinario se avalaron con 109 votos a favor y cinco en contra las modificaciones que incluyen garantizar el respeto de los derechos humanos de la víctima o el ofendido, se brinda una figura más activa del asesor jurídico y se fomenta la utilización de medios electrónicos durante el procedimiento.
Además, se establecen mecanismos especiales para el trato de niños víctimas de 12 años de edad, se le da más celeridad a los procedimientos, se garantiza el respeto a los derechos del imputado y se estableció el mecanismo a seguir en caso de que el imputado carezca de un abogado particular o se niegue a designar uno.
También se determina con claridad la función de la policía que arribe a una escena donde se haya cometido un acto ilícito.
Además, la posibilidad de emplear la geolocalización de teléfonos móviles y la intervención de comunicaciones privadas, para lo cual, a excepción de los casos de secuestro, se requerirá de la autorización del Ministerio Público a través de una orden judicial.
En tribuna, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Graciela Ortiz González, dijo que las reformas “contribuyen a mejorar la aplicación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, procuran la uniformidad en la terminología jurídica de acuerdo al nuevo modelo de justicia oral, evita interpretaciones equivocadas de la ley y en consecuencia contribuye a mejorar su aplicación”.
El presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Yunes Márquez, afirmó que con la Miscelánea Penal el acceso a la justicia será expedito.
“El principal propósito de la Miscelánea Penal es fortalecer a las instituciones encargadas de la procuración de justicia en nuestro país. Facilitar su operación y hacerlas más eficaces a través de la creación de un marco jurídico sólido, moderno y novedoso”.
En materia de indulto, la reforma permite que el Ejecutivo federal lo conceda cuando no se trate de sentenciado por traición a la patria, espionaje, terrorismo, sabotaje, genocidio, delitos contra la salud, violación, delito intencional contra la vida y secuestro, desaparición forzada, tortura y trata de personas, ni de reincidente por delito intencional.
Esta miscelánea también reforma el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución.
Además, la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de Defensoría Pública, el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Instituciones de Crédito.