Entra en vigor reforma del sistema acusatorio en el Distrito Federal
Cd. de México lunes 7, Dic 2015- Jueces orales atienden 35 delitos más
Los jueces penales orales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, juzgarán los 35 delitos recientemente agregados al sistema penal acusatorio, a través de los procedimientos que contempla el Código Nacional de Procedimientos Penales, apartando por ende su juzgamiento, del conocimiento de los jueces tradicionales.
El pasado 6 de octubre de 2015, el jefe de gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera Espinosa, promulgó y publicó en la Gaceta Oficial del D.F. el Decreto de la Asamblea Legislativa del D.F., mediante el cual se reformó la Declaratoria Segunda del Decreto por el cual se declara la Incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y del Código Nacional de Procedimientos Penales, al Orden Jurídico del D.F., publicado a su vez en la Gaceta Oficial del D.F., desde el 20 de agosto de 2014.
El Decreto del 6 de octubre de 2015, contempló que sesenta días naturales después de la publicación de éste, es decir que a partir de este 5 de diciembre, se comiencen a llevar por la vía oral, es decir, utilizando el Código Nacional de Procedimientos Penales, los procedimientos penales relativos a los siguientes delitos en el Distrito Federal: lesiones, ayuda al suicidio, aborto, omisión de auxilio o de cuidado, tráfico de menores, retención de menores o incapaces, corrupción de personas menores de edad o que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho; bigamia, delito de cobranza ilegítima, usurpación de identidad, disparo de arma de fuego, revelación de secretos, abuso de confianza, fraude, administración fraudulenta, insolvencia fraudulenta en perjuicio de acreedores, cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, denegación o retardo de justicia y prevaricación, omisión de informes médico forenses, variación del nombre o domicilio, simulación de pruebas, delitos de abogados, patronos y litigantes, encubrimiento por favorecimiento, abandono, negación y práctica indebida del servicio médico, responsabilidad de directores, encargados, administradores o empleados de centros de salud y agencias funerarias, por requerimiento arbitrario de la contraprestación, suministro de medicinas nocivas o inapropiadas, ataques a las vías de comunicación y a los medios de transporte, delitos contra la seguridad del tránsito de vehículos, falsificación de sellos, marcas, llaves, cuños, troqueles, contraseñas y otros, falsificación o alteración y uso indebido de documentos, delitos contra el ambiente, delitos contra la gestión ambiental, delitos cometidos por actos de maltrato o crueldad en contra de animales (por causar la muerte).
En esa virtud, los jueces penales de oralidad del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ya son competentes para conocer, además del juzgamiento de los delitos no graves, también de los 35 ilícitos enunciados, y ya no los jueces penales tradicionales, sin perjuicio de que el sistema acusatorio tendrá completa vigencia en el Distrito Federal, para los demás delitos que faltan, el próximo 16 de junio de 2016.