Caso Elba Esther Gordillo
Francisco Rodríguez miércoles 2, Dic 2015Índice político
Francisco Rodríguez
La presunción de inocencia, mientras no se demuestre culpabilidad… el derecho a un proceso legal debidamente fundado y motivado… la garantía de legalidad y de no ser juzgada por leyes privativas ni tribunales especiales… la igualdad ante la ley… la prisión preventiva por delito que merezca pena corporal… el arraigo domiciliario después de los 70 años…… el derecho a que el proceso se ajuste al delito señalado en el auto de formal prisión o de sujeción a procesos… las garantías de inculpada… la imposición de penas estrictamente estipuladas por la Constitución y todo el falaz repertorio de garantías individuales de la Carta Magna… ¡todo ha sido violado impunemente en el caso de Elba Esther Gordillo!
Sus acusadores se han pasado por el arco del triunfo la obligación histórica de contribuir a que los convenios internacionales adquiridos en materia de derechos humanos y convenciones jurídicas se apliquen a todos, sin distinción. Sin hostilidades ni exclusivismos, dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo la alfombra
El de Elba Esther es un caso emblemático de impudicia e ignorancia. Se encuentra secuestrada físicamente por sus adversarios, que a pesar del aparato con el que cuentan a su servicio, no han podido fundar ni motivar un solo cargo, vamos, no han podido integrar la averiguación penal consecuente, por lo que nadie sabe cuál es la causa de su confinamiento.
Es vergonzoso que, a través de amenazas, sobornos, extorsiones y chantajes, algunos funcionarios han logrado someter al Poder Judicial, que en teoría constitucional, es el que debe salvaguardar la legalidad en la que se mueven y actúan el Ejecutivo y el Legislativo. La extrema ignorancia ha sojuzgado y anulado el estado de Derecho a secas. No sólo ha violado su estructura jurídica, sino ha pasado por encima de las Convenciones Internacionales de Viena (1988) y Palermo (2000), que señalan, con idéntica obligatoriedad que la constitucional, los delitos que pudieran haberse imputado y no lo hicieron, por supino desconocimiento de la ley.
Acusaciones no se sostienen argumentalmente
Elba Esther se encuentra recluida, sin que alguien, menos ella, pueda explicar por qué. Sólo sus adversarios creen —pero no lo han podido sostener— que por delitos de lavado de dinero, de blanqueo de capitales y delincuencia organizada— los que no se sostienen con un solo argumento por parte de la autoridad ministerial, menos de la judicial.
En estricto derecho, para que exista lavado de dinero es precisa la previa comisión de un acto delictivo de tipo grave y la obtención de beneficios ilegales que quieran ser introducidos en los mercados financieros o en los sectores económicos.
El blanqueo de capitales, pues, es un delito autónomo que no requiere de condena judicial previa por la comisión de la actividad delictiva por la que se originaron los fondos que se blanquearon. Pero no es autónomo por generación espontánea, como lo quieren ver sus detractores, se piensa que por consigna Humberto Castillejos Cervantes, ejecutadas por su primo Alfredo Castillo —entonces sub en la PGR— y ahora sostenidas por Arely Gómez (titular de lo que extraoficialmente llaman fiscalía) y por Alberto Bazbaz, director de la Unidad de Inteligencia Financiera (SHCP). Castillo y Bazbaz, protagonistas del caso de la niña Paulette. ¿Se acuerda usted?
Soslayan convenios internacionales
Por fuerza, debe depender de la comisión previa de una conducta tipificada como delito, haya merecido sentencia o no. Hasta ahí. Así lo considera no sólo la ley penal mexicana, sino las convenciones de Viena y Palermo, que sugieren hasta cuáles delitos graves deben ser combatidos para que no preceda el lavado de dinero, a saber:
El tráfico ilícito de órganos humanos… la trata de personas… la extorsión… el secuestro… el contrabando de obras de arte… de drogas heroicas y de animales… o tóxicos. Así firmó México los respectivos convenios internacionales en esas fechas y la Constitución les reconoce a los Tratados la misma jerarquía que ella…
El aparato gubernamental se empeña en mantener una verdad pública, una verdad oficial que no corresponde con la realidad jurídica. Se enterca en utilizar a la ley para el provecho de sus ocurrencias y despropósitos de ocasión, aunque ruede por los suelos el prestigio del foro, de los poderes de la Unión y de los hombres de leyes.
Amenazas, ante ausencia de argumentos
Hace unos días, reunidos para resolver el amparo que la injustamente detenida había interpuesto, los miembros del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, se percataron que se había filtrado a la prensa el sentido favorable de su fallo. Hasta el sentido en que votaría cada uno de los tres magistrados.
Soliviantando el principio de separación de poderes y la privacidad de los documentos y tocas judiciales, se reveló un proyecto que perseguía ampararla, eximirla de cualquier delito y otorgarle la libertad inmediata. Puso su espadita de Damocles sobre la nuca de los juzgadores.
Incluso, boletinó que, en caso de que así sucediera, Elba Esther no quedaría en libertad, “ya que tiene pendientes dos delitos de defraudación fiscal que son considerados graves y sin derecho a libertad bajo fianza”. La amenaza, ante la ausencia de argumentos.
Declaración de autoculpabilidad no existe en México
Se confirmaron las especies que corrían como reguero de pólvora por los juzgados, que desde el inicio de las fallidas negociaciones con la CNTE, se habían puesto como condición que la acusaran, de cualquier cosa. Pero que los profesores, no obstante ser rivales del oficialista SNTE, se habían negado.
Y la peor, que se había enviado a un abogado contratado ex profeso para proponer a los defensores de la profesora una insensatez jurídica: que su cliente se declarara culpable a fuerza, para reducirle la presión y la condena. Los defensores de Elba rieron, pues cualquier estudiante del primer semestre de Derecho sabe que esa figura de declaración de culpabilidad no existe en el derecho mexicano.
Que, desde los latinos, el principio Nemo auditur propriam turpitudinem allegans, es decir, nadie tiene derecho a autoincriminarse, es el sostén del principio de inocencia, salvo que se pruebe lo contrario. Y Elba, siempre se ha declarado inocente. No iba a hacer lo contrario, aunque se lo pidieran.
Lavado de dinero no es independiente de otro delito
Los argumentos de los abogados Castillejos Cervantes, Castillo Cervantes, doña Arely y Bazbaz, refieren, con ignorancia, que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido popularmente como lavado de dinero, se comete independiente de cualquier otro.
La PGR, por consigna, ha sostenido durante los alegatos, que en el caso de Elba Esther, ella incurrió en lavado de dinero por haber desviado a cuentas bancarias los recursos sindicales —lo que no necesariamente es verdad—, para “fines distintos a los originales”. (!?).
Bajo la lógica de los fiscales federales, cualquiera podría cometer el delito de lavado de dinero, aunque la procedencia de éste fuera lícita, por el simple hecho de utilizar los bancos ¡con fines ajenos a los que originalmente tenía el dinero! Como usted ve, los denunciantes y juzgadores no sólo saben de leyes, también son adivinos.
No tienen freno para acometer cualquier atrocidad
Vulnerando la autonomía del Poder Judicial, le hacen un verdadero daño a la nación y exhiben el trasfondo de la acusación que tienen colgada con alfileres, han opinado periodistas independientes y combativas redes digitales.
Pero no sólo eso: revelan el verdadero rostro del ejercicio filofascista. Ni un solo freno, ni un paso atrás para cometer cualquier arbitrariedad. El Estado siempre tiene la razón, como decía Mussolini.
La manera de ejercer el poder y de pensar de los máximos jerarcas evidencia un tufo fascista que no deja lugar a dudas. Lo sorprendente es que aunque nunca lo hubieran estudiado —y no lo hicieron—, se identifican absolutamente con sus líneas de acción.
La desaparición de il Duce no acabó con el fascismo
Al tomar posesión del Gran Consejo Fascista, il Duce, quien nombraba todos los cargos inferiores, fijó la doctrina: el fascismo no tiene ni estatutos, ni reglas, configurando la desaparición del Estado de Derecho, la concepción totalitaria del Estado, la sustitución del sistema sindical por el corporativismo y la aniquilación de los competidores políticos.
Sentó las bases del totalitarismo intelectual, potenciador de la creencia en la posesión de la verdad, para dictará en toda ocasión, monopolizó los medios de comunicación con propaganda agresiva y victimista.
La desaparición de il Duce no acabó con el fascismo. Su influencia en los siguientes 70 años, desde posiciones de poder clandestinas y oscurantistas, ha seguido latente en las cavernas del terrorismo, como si la actual oligarquía financiera que gobierna necesitara vejigas para nadar.
Ahora que se revelan las verdaderas causas para confinar a Elba Esther Gordillo, se desnudan en toda su ignorancia los motivos de quienes engañaron al gobierno, de que ella constituía el obstáculo para llevar a cabo la reforma educativa.
El garlito acabó siendo lo que siempre ha sido: un latiguillo engaña bobos, que será juzgado como delito de lesa traición.
¿Quién le pondrá el cascabel al gato? Como que ya es tiempo, ¿no cree usted?
Índice Flamígero: Despiadado el mensaje de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, publicado en desplegado periodístico hace un par de días, pues no avalan las ternas presentadas para que de ellas salgan los sustitutos de Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza en los respectivos sitiales de la Corte de Justicia. Ladies first, y consideran que Verónica Judith Sánchez no’más no llena las expectativas (y luego, en su comparecencia, Sara Patricia Orea Ochoa, demostró que ¡tampoco!). Y por lo que hace a los gentlemen (jejeje), de plano piden que se retire la terna en la que aparecen los impresentables Alejandro Gómez Sánchez y Javier Laynez. ¡No da una Humberto Castillejos!