Determina TEPJF que Calderón sí violó la Constitución con spot
Nacional jueves 26, Ago 2010Coinciden magistrados en que no hay sanción específica para el Presidente por violar ley electoral
El TEPJF confirmó la resolución del IFE que acusa al presidente Felipe Calderón de violar la Constitución y la ley electoral con el mensaje televisivo del 15 de junio en cadena nacional en el que habló sobre la seguridad pública.
Con el aval de los siete magistrados integrantes de la Sala Superior el Tribunal consideró que el mandatario también violó las normas con sus mensajes del 30 de junio y 1 de julio, referentes a medidas fiscales y de política laboral.
Durante dos horas, los magistrados expresaron su respaldo a la propuesta de la presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), María del Carmen Alanís, al considerar que todo funcionario público, sin excepción, está obligado a observar y proteger la Constitución.
Sin embargo, los magistrados reconocieron que hasta el momento no hay en la ley medio alguno para sancionar al titular del Ejecutivo.
El IFE había declarado infundada la queja por los mensajes del 30 de junio y 1 de julio ya que éstos no fueron transmitidos en cadena nacional, sino sólo por decisión particular de cada concesionario.
Los siete magistrados apoyaron la propuesta de sentencia que presentó al pleno la magistrada presidenta María del Carmen Alanís, ponente del caso, quien determinó que los tres mensajes difundidos por el titular del Ejecutivo federal violaron el Artículo 41 de la Constitución y la ley electoral porque implicaron propaganda gubernamental en tiempo de campañas y veda electoral.
En los tres casos, señala la sentencia, se difundieron logros y acciones de gobierno, algo prohibido durante las campañas electorales y en el periodo de tres días previo a la jornada electoral, en este caso el 4 de julio, para 14 entidades de la República.
“Se confirma la resolución impugnada en lo tocante a la responsabilidad del titular del Poder Ejecutivo federal por la difusión de propaganda gubernamental en el mensaje transmitido el 15 de junio del año en curso.
La queja del PRI en contra de estos mensajes del 30 de junio y 1 de julio había sido considerado infundada por el IFE, por lo que la decisión de los magistrados modifica la resolución del 21 del julio del organismo electoral.
La Sala Superior del Tribunal acumuló los recursos interpuestos en torno a los tres mensajes presidenciales, todos impugnados ante el IFE por el tricolor.
“El titular del Poder Ejecutivo federal es responsable de infringir el Artículo 41, base tercera, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al difundir propaganda gubernamental los días 30 de junio y 1 de julio de 2010”, detalla la sentencia.
Con la decisión, se especifica, se modificó la resolución del Consejo General del IFE a propósito de los procedimientos especiales sancionadores iniciados ante denuncias presentadas por el PRI en contra de los tres mensajes del Presidente de la República.
Los magistrados discutieron durante más de dos horas qué procede ante la violación constitucional y si habría sanción a imponer.
No obstante, coincidieron en que no hay sanción específica para el titular del Ejecutivo federal, a pesar de estar sujeto a responsabilidades inherentes al cargo, como cualquier funcionario público y como integrante de uno de los Poderes de la Unión.