Niega Córdova V. que prevalezca la voluntad de Baños
Nacional* jueves 18, Jun 2015- Integración de comisiones
Tras las acusaciones del consejero José Roberto Ruiz Saldaña de que su compañero Marco Antonio Baños encabeza un grupo político de consejeros que manejan el Instituto nacional Electoral (INE), el presidente del INE, Lorenzo Córdova, afirmó que la razón de ser de un órgano colegiado como lo es el Consejo General del INE es que no prevalezca la voluntad de uno, y que no se pase por encima de la voluntad de los otros.
Al fijar postura ante la molestia de Ruiz Saldaña por el incumplimiento con la renovación integral de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Electorales Locales (OPLEs), dijo que las decisiones de los órganos colegiados se toman por mayoría.
Agregó que una de las decisiones más relevantes en el proceso de construcción de la democracia mexicana fue la decisión de hacer del órgano encargado de la organización de las elecciones federales un espacio colegiado.
A diferencia de otros órganos considerados autónomos, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la colegialidad es para evitar la discrecionalidad en la toma de decisiones y que se imponga una lógica de construcción de consensos.
Sostuvo que los órganos colegiados toman decisiones por mayorías, “aunque hay una larga tradición que sugiere en el funcionamiento de los órganos colegiados que la toma de las decisiones se haga con los consensos más amplios posibles”, dijo.
Córdova Vianello señaló que un consenso en un órgano colegiado implica, como lo decía Hans Keisel, que no prevalezca la voluntad de uno solo y que tampoco se pase por encima la voluntad de los otros.
Una decisión consensuada es por su propia naturaleza una decisión mediada que tiene que procurar el compromiso, y ésa es la razón de ser de un órgano colegiado como el Consejo General.
Añadió que la mayoría de las decisiones que toma del Consejo General son unánimes, y “la unanimidad no es una mera casualidad, y no es sólo el hecho de que por alguna extraña circunstancia la voluntad de los 11 integrantes con derecho a voto coincidamos en posiciones”.
La gran mayoría de designaciones de los consejos generales y de los organismos públicos locales que se han hecho han sido de manera unánime y los que no por 10 votos, es decir, una mayoría muy cercana a la unanimidad.
Por lo anterior, un órgano colegiado no puede regirse por máximas de bueno y malo, de todo o nada; “hemos aprendido de los procesos que nosotros mismos construimos para nombrar a los consejeros de los órganos locales”, concluyó.
Por separado, el consejero electoral Benito Nacif Hernández explicó que la renovación de las comisiones del órgano electoral debe ser cada tres años, mientras que la rotación de la presidencia es cada año.