Pide Colegio de Abogados derogar artículo que criminaliza a la sociedad
Estado de México viernes 6, Feb 2015- Cárcel a automovilistas que no porte una placa o tarjeta de circulación
Tlalnepantla, Estado de México.- En conferencia de prensa el Colegio de Abogados del Valle de México de Joaquín Rodríguez Lugo, estableció que debe derogarse el segundo párrafo del Artículo 193 del Código Penal, ya que éste criminaliza a la sociedad y a las personas pisoteando los derechos humanos, así como sus garantías individuales.
Plantearon que si el gobierno federal está combatiendo la corrupción, en el Estado de México se dará luz verde al aplicar dicho artículo, atropellando al ciudadano quien enfrentará un proceso penal por la falta de una placa o la tarjeta de circulación de sus vehículos.
No estamos en contra de sancionar con mayor severidad los delitos que causan un daño en la sociedad mexiquense y establecer una penalidad proporcional al percance causado en la misión de éstos sino que a todos se le castigue con el mismo rasero.
A la letra el artículo 193 dice: Al que en la comisión de un delito, conduzca o utilice un vehículo de motor sin placas de circulación, se encuentren ocultas o no sean visibles o la tarjeta que autorice su debida circulación, o con documentación que no corresponda a la autorizada oficialmente para circular, se le impondrán de dos a cuatro años de prisión y de 100 a 300 días de multa. Si el delito que se comete es grave, se duplicará la pena.