Avala el Código Nacional de Procedimientos Penales
Nacional jueves 6, Feb 2014- El dictamen fue aprobado en lo general con 407 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones; se reservan 70 artículos
La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 407 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones, el dictamen para expedir el Código Nacional de Procedimientos Penales, cuya espina dorsal es el respeto a los derechos humanos y a los principios del debido proceso, con lo cual se implementa un sistema oral acusatorio en todo el país.
Después de casi tres horas de posicionamientos por parte de las siete fracciones parlamentarias en el Palacio Legislativo de San Lázaro, los legisladores avalaron el dictamen que establece los principios del Artículo 20 de la Constitución Política para el proceso acusatorio y oral.
El nuevo ordenamiento fija las normas que han de observarse en la investigación, procesamiento y sanción de los delitos cometidos en territorio nacional, que sean competencia de los órganos jurisdiccionales locales y federales.
Asimismo, los lineamientos para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y la reparación de los daños, respetando en todo momento los derechos humanos.
Diputados de diversas bancadas, particularmente de Movimiento Ciudadano y del PRD, reservaron alrededor de 70 artículos para su discusión en lo particular.
De acuerdo con el dictamen de la Comisión de Justicia, el código garantiza los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación; así como los de igualdad ante la ley, igualdad entre las partes, juicio previo y debido proceso, presunción de inocencia y prohibición de doble enjuiciamiento.
Las audiencias podrán ser presenciadas tanto por las partes del proceso, como por el público en general, y se prevé la posibilidad de registrar las actuaciones de los procedimientos penales en audio, vídeo o cualquier otro soporte.
“Los registros de las actuaciones en todo el procedimiento podrán realizarse por escrito, audio o video, y en general por cualquier soporte que garantice su reproducción; se eliminan así las formalidades excesivas previstas para resguardos”, subraya el documento.