Restringen diputados labor de cabilderos y prohíben dádivas
Nacional miércoles 16, Oct 2013- Familiares de legisladores hasta en cuarto grado no pueden actuar como negociadores

El pleno de la Cámara de Diputados estableció en un dictamen la prohibición para operar a cabilderos.
La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y lo particular, el dictamen que restringe la labor de los cabilderos en San Lázaro y prohíbe que los legisladores reciban “dádivas” en especie o efectivo por parte de algún “negociador”.
El dictamen que fue aprobado por unanimidad con 457 votos y contuvo medidas contra el tráfico de influencias al establecer que ningún familiar -hasta en cuarto grado- de diputados o de funcionarios de la Cámara podrán realizar este tipo de labores, lo que abarca a padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos y primos.
El presidente de la Cámara de Diputados, Ricardo Anaya Cortés, sostuvo que se prohibirá que actúen como cabilderos quienes sean familiares hasta cuarto grado de consanguineidad no solamente de cualquier legislador sino de cualquier funcionario que labore en la Cámara Baja.
De acuerdo con el registro de cabilderos de la Cámara de Diputados, emitido el 31 de octubre del 2012, la lista superaba hasta ayer los 250 negociadores. La actividad de los cabilderos en la Cámara de Diputados por las negociaciones de la reforma hacendaria suscitó recientemente una polémica que derivó en la aprobación del mencionado dictamen.
Por ello, se aprobó limitar a 20 personas los cabilderos acreditados en cada una de las comisiones legislativas. En adelante, cada persona moral, sólo podrá registrar a dos integrantes de su institución para realizar labores de cabildeo con los legisladores.
Sin embargo, los legisladores rechazaron dos reservas del vicecoordinador del Movimiento Ciudadano, Ricardo Mejía Berdeja, que buscaba que cada cabildero registrado en San Lázaro al final de cada periodo debería presentar un informe de gastos y actividades ejercidas en este tiempo. Sin embargo, con el voto en contra de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) el planteamiento se rechazó.
Ahora, el Reglamento de la Cámara de Diputados define cabildeo a “toda actividad que se haga ante cualquier diputado, diputada, órgano o autoridad de la Cámara, en lo individual o en conjunto, para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses propios o de terceros”.
Además, cabildero es “el individuo ajeno a esta Cámara que represente a una persona física, organismo privado o social, que realice actividades (…) y por el cual obtenga un beneficio material o económico”.
El diputado Anaya Cortés consideró que el siguiente paso es que el cabildeo pueda ser regulado en los tres órdenes de gobierno.