El Estado, obligado a gravar las operaciones bursátiles
Nacional jueves 30, May 2013- Es evidente que los intermediarios financieros saben que las personas físicas están obligadas a pagar el ISR
El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Luis Videgaray Caso, afirmó que el anteproyecto del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para gravar operaciones bursátiles en el país es una obligación que, con base en la norma vigente, posee el Estado mexicano.
Aseguró que la publicación del SAT fue sólo un “recordatorio” que hizo la autoridad fiscal sobre la forma en que se deben de realizar las operaciones en el país y a pregunta expresa sobre la posibilidad de una eventual salida de las inversiones del país, dijo que es una norma que tiene que hacer cumplir el Estado.
El martes pasado, el SAT dio a conocer el anteproyecto de modificación al Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, donde destaca el artículo sexto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Dicho artículo establece que los intermediarios financieros que intervengan en la enajenación de acciones realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) deberán efectuar la retención mediante la aplicación de una tasa de 5.0 por ciento sobre el ingreso obtenido en dicha enajenación, sin deducción alguna.
Videgaray expuso que para las autoridades fiscales “resulta evidente que los intermediarios financieros sí cuentan con la información necesaria cuando conocen o tienen razón para conocer que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR, como es el caso de la existencia de información pública o hechos notorios”.
En consecuencia, se considera que realizan una práctica fiscal indebida los intermediarios financieros que no efectúen la retención a que se refiere el artículo sexto de la Ley del ISR, cuando conozcan, por la existencia de información pública, que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR.
“Un caso en que los intermediarios financieros conocen, por la existencia de información pública, que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR y, por tanto, deben efectuar la retención a que se refiere el artículo sexto de la Ley del ISR, es la transmisión de propiedad de las acciones de Grupo Modelo.
Lo anterior, con motivo de la reestructura societaria y la oferta pública de adquisición forzosa dadas a conocer mediante folletos informativos el 5 de julio de 2012 y el 2 de mayo de 2013, respectivamente”, añade en un documento el SAT.
Al respecto, Luis Videgaray reiteró que “el SAT no está haciendo ninguna modificación a la norma, solamente emitió un recordatorio y cómo, en opinión de la autoridad, debe aplicarse y los intermediarios financieros deben aplicar la norma vigente”.