Militares podrán ser procesados por jueces civiles, determina la Corte
* Especiales, Nacional miércoles 13, Jul 2011- Por unanimidad, el pleno determinó que serán sometidos a esta instancia cuando incurran en posibles violaciones a derechos humanos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer que los militares señalados como responsables de delitos contra civiles deben ser procesados por jueces en esta materia y no por el fuero militar.
Por unanimidad, el pleno del alto tribunal determinó que los miembros de las fuerzas armadas deben ser juzgados por tribunales civiles cuando se trate de posibles violaciones a derechos humanos.
Al analizar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla en los años 70, la Corte estableció que el fuero militar no podrá conocer de los delitos cometidos contra civiles, como se llevaba a cabo de forma histórica.
El máximo tribunal del país puntualizó que los actos contra la disciplina militar que prevé el código castrense no operan para los casos en los que un integrante de las fuerzas armadas viole derechos de personas que no sean militares.
Al acatar la determinación del órgano internacional de derechos humanos, la SCJN determinó que en casos futuros, todos los jueces del país deben restringir el fuero militar en los delitos presuntamente cometidos por militares contra civiles.
Esta decisión, subrayaron los ministros, se tomó acorde con las recientes modificaciones a la Constitución en materia de derechos humanos, en particular a su artículo primero, a fin de que situaciones en las que se vulneren derechos humanos de personas, no intervenga la justicia militar.
De igual forma, el pleno de la Suprema Corte estableció que si llegase a existir contradicción de criterios entre tribunales civiles y militares por la resolución de un caso, será ella misma la que resuelva el conflicto de competencia.
El fallo de la SCJN se da en el marco de la sentencia que emitió la CNDH por la desaparición de Radilla Pacheco durante la llamada “Guerra Sucia”, y en dicha determinación condenó al Estado mexicano a adoptar las medidas necesarias para que este acto no vuelva a cometerse y se privilegie la protección a los derechos humanos.