Con la participación ciudadana, se eligen Copacos y proyectos comunitarios en la CDMX
Jorge Luis Galicia Palacios lunes 8, May 2023Como veo, doy
Jorge Luis Galicia Palacios
- Comunidad vecinal vota para generar convivencia y establecer acciones sin los partidos políticos
En medio de reclamos por proyectos inconclusos, aparentes subejercicios en los recursos destinados para la aplicación del Presupuesto Participativo y hasta de supuestos actos con la intervención de los partidos políticos, los habitantes de la Ciudad de México se dieron una nueva oportunidad y acudieron ayer a las urnas para elegir a los Comités de Participación Comunitaria (Copacos), entre cerca de 19 mil candidaturas registradas de los más mil 800 unidades territoriales conformadas por colonias, pueblos, barrios unidades habitacionales y para decidir los mejores proyectos del Presupuesto Participativo para los años 2023 y 2024, donde se presentaron más de 22 mil propuestas.
Como recordarán, en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, en su capítulo sexto, artículo 116, señala que el Presupuesto Participativo es el “instrumento, mediante el cual la ciudadanía ejerce el derecho a decidir sobre la aplicación del recurso que otorga el gobierno de la Ciudad, para que sus habitantes optimicen su entorno, proponiendo proyectos de obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y, en general, cualquier mejora para sus unidades territoriales. Los recursos del presupuesto participativo corresponderán al cuatro por ciento del presupuesto anual de las demarcaciones que apruebe el Congreso”.
En cuanto a las Copacos, en el capítulo tercero, donde se habla de las Comisiones de Participación Ciudadana, en el artículo 83, de la ley antes referida, se señala que “En cada unidad territorial se elegirá un órgano de representación ciudadana denominado Comisión de Participación Comunitaria, conformado por nueve integrantes, cinco de distinto género a los otros cuatro, electos en jornada electiva, por votación universal, libre, directa y secreta. Tendrán un carácter honorífico no remunerado y durarán en su encargo tres años” y entre otras funciones tendrán la facultad de proponer y elaborar programas y proyectos de desarrollo comunitario en su ámbito territorial, como pueden ser uso del suelo, obras públicas y la realización de todo proyecto de impacto territorial, social y ambiental en la demarcación.
Bajo esos parámetros establecidos en los ordenamientos legales, surgidos como normas secundarias de la Constitución de la Ciudad de México, es como la ciudadanía interesada en el desarrollo de sus comunidades volvieron a darse una oportunidad no solo para generar convivencia ciudadana sino para buscar consensos para el mejor desarrollo de su entorno urbano.
Es cierto, en algunas alcaldías se han registrado omisiones y retrasos en el desarrollo de los proyectos aprobados en años anteriores bajo el esquema de la participación ciudadana, es cierto, pero con la votación de ayer queda demostrado que cuando se trata de enchular las calles, barrios, colonias, pueblos y unidades habitaciones de la ciudad, las y los vecinos hacen un esfuerzo para salir adelante en sus propuestas, y aunque en más de una ocasión los dirigentes partidistas tratan de intervenir e influenciar electoralmente a la comunidad, también en más de una ocasión los vecinos se han organizado para detener de tajo esas pretensiones partidistas.
LAS CARTAS HABLAN.— A propósito de la participación ciudadana, tres datos de cómo ha evolucionado este proceso, en este caso para la Ciudad de México.
Fue en el año de 1995 cuando la entonces Asamblea de Representantes del Distrito Federal aprobó la primera Ley de Participación Ciudadana, con lo que en la ciudad de México se establecían instancias de participación vecinal mediante las llamadas audiencias, la difusión pública de los programas de gobierno, la consulta y recorrido periódicos en que la autoridad delegacional se veía obligada a realizar. Los representantes comunitarios que entonces surgieron se conocieron como Consejeros Ciudadanos y entre sus facultades estaba el de aprobar los programa operativos de los delegados políticos, en tanto que la autoridad estaba obligada a responderles con oportunidad a los asuntos del interés ciudadano.
En 1998 el entonces jefe de Gobierno, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, promueve una segunda Ley de Participación Ciudadana y con esa nueva legislación se da paso a la creación de los denominados Comités Vecinales, siendo el Instituto Electoral del Distrito Federal el encargado de organizar la elección de los comités que representarían a pueblos, colonias, barrios y unidades habitacionales. En total se eligieron mil 352 comités para un periodo de tres años cada uno y el proceso de elección se llevó a cabo el 4 de julio de 1999.
En 2017, con la promulgación de la primera Constitución de la Ciudad de México, que entró en vigor en septiembre de 2018, en lugar de los jefes delegacionales se crean las figuras jurídicas de alcaldes y en 2020, respecto a los órganos de representación ciudadana, se eligen, por primera vez, los Comités de Participación Comunitarias (Copacos) y se instauran los esquemas del denominado Presupuesto Participativo.
VA MI RESTO.— Copacos y presupuesto participativo llevan poco tiempo como figuras de participación ciudadana, pero la jornada electiva en la CDMX es un ejemplo más de los anhelos democráticos en nuestro sistema político, el cual hasta ahora es un sistema dominado por los llamados partidos políticos, de ahí la relevancia del ejercicio donde son los ciudadanos, despejados de banderas partidistas, deciden lo que quieren para su comunidad y esa decisión la manifiestan votando o, por qué no, también absteniéndose si consideran que el tema no es de su interés o de relevancia y transcendencia para la comunidad a la que pertenecen, y eso se llama democracia y libertad, y hasta ahí porque como veo doy.