Casi 4 años después, la SCJN valida a los “superdelegados”
Miguel Ángel Rivera martes 24, May 2022Clase Política
Miguel Ángel Rivera
El primer indicio del entonces nuevo presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, de tomar el control de todos los aspectos de la vida nacional fue una reforma para crear lo que popularmente se llamó “superdelegados”.
Con anterioridad, cada dependencia federal nombraba un delegado en cada una de las entidades federativas, los cuales se encargaban de ejercer los presupuestos federales en el área respectiva.
De hecho, estos funcionarios llegaban en ocasiones a tener un poder semejante al de los mandatarios estatales y, algunos, hasta los rebasaban. La única limitante que tenían es que eran nombrados en un estado distinto al de su origen.
No siempre, pero esa limitante significaba que no podían aspirar a gobernar al estado en el que eran delegados, por lo que de alguna manera servían de árbitros o jueces, pues podían recomendar o censurar a los aspirantes a cargos de representación popular y, con frecuencia, sus sugerencias eran factor definitivo para que el “gran elector” (el entonces presidente de la República) decidiera a quién nominar.
Esto cambió radicalmente al llegar López Obrador al poder y promover las respectivas reformas electorales, las cuales desde ese momento empezaron a ser aprobadas sin aceptar objeciones de la oposición.
Con el pretexto de la austeridad, el Presidente propuso desaparecer los delegados de cada una de las dependencias federales y sustituirlos por uno solo, representante de todo el gobierno federal.
Desde la presentación de la reforma, se bautizó el nuevo cargo como superdelegados, pero la oposición pronto llegó a la conclusión de que había “gato encerrado”. Estos nuevos superdelegados eran precandidatos, sembrados con toda oportunidad para convertirlos en populares candidatos a gobernadores, pues para eso se les entregarían todos los recursos federales para financiar obras, pero sobre todo para repartir el dinero de los programas sociales, convertidos en fuentes de votos para Morena, el partido oficial de la llamada Cuarta Transformación.
Como ha sucedido desde entonces, con prácticamente todas las reformas impulsadas por el presidente López Obrador, esa iniciativa fue combatida por la oposición, que llevó el caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
De hecho fueron tres las acciones de inconstitucionalidad en contra, promovidas por diputados y senadores de PAN, PRI, MC y PRD, quienes pretendían revertir los cambios a las leyes Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos -también llamada ley de salarios máximos- y la Orgánica de la Administración Pública Federal.
En su recurso, conforme a una nota del portal Expansión, los legisladores inconformes expusieron cinco argumentos por los cuales consideran que esta ley debe ser rechazada:
1.- Violación al principio de legalidad, es decir, que la reforma se aprobó con un procedimiento viciado o irregular en el Congreso.
2.- Violación a la soberanía de las entidades federativas, pues consideran que los superdelegados tendrán atribuciones de “vicegobernadores”, con amplio margen de discrecionalidad para operar los programas que entregan beneficios sociales a la población.
3.- Violación a la autonomía del órgano regulador en materia de energía, debido a que la oposición considera un atentado a las funciones de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), por la disposición de que la Secretaría de Energía (Sener) coordine de forma conjunta las tarifas eléctricas.
4.– Violación a la autonomía de los órganos reguladores, porque la Consejería Jurídica nombrará y removerá a los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la administración pública federal, y
5.– Violación a la Constitución y diversas leyes, al asignar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) facultades que antes tenía la Secretaría de la Función Pública (SFP), para planear la política en materia de contrataciones públicas y la consolidación de los procedimientos de compra de bienes y servicios.
Tarde, pero la Suprema Corte deja vigente la reforma
López Obrador y los legisladores oficialistas defendieron a los superdelegados, al señalar que con esta figura se busca una simplificación administrativa y conservar sólo las delegaciones que sean necesarias, pues a la fecha existían 2 mil 300 delegaciones, subdelegaciones y oficinas de representación de diversas dependencias que sirven de enlace entre las dependencias federales y los gobiernos estatales.
Las reformas se aprobaron desde 2018 y las protestas de inconstitucionalidad se interpusieron poco después, pero en la Suprema Corte de Justicia, son otros los tiempos y los plazos.
Apenas ayer, se reunió el pleno del máximo tribunal del país para discutir el fondo de esa reforma y en la misma se comprobó que a pesar de haber transcurrido tres años, no había una opinión definitiva de parte de los ministros.
En principio, en la sesión de ayer, la Suprema Corte registró un empate a cinco votos al revisar la figura de los superdelegados.
De cualquier forma, para efectos legales, desde ese momento se aseguraba la supervivencia de la figura de los superdelegados creada por el presidente López Obrador. Para que se pudiera declarar la inconstitucionalidad de la reforma se necesitaban ocho votos de los once ministros que integran la Suprema Corte, cifra que era ya imposible de alcanzar.
El pleno de la Corte analizó diversas acciones de inconstitucionalidad promovidas por senadores y diputados de oposición, en contra de las reformas aprobadas en 2018 por el Congreso a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, mismas que eliminaron y crearon diversas secretarías y organismos públicos, a solicitud del presidente López Obrador al inicio de su sexenio.
En la primera votación, efectuada el martes anterior, cinco ministros votaron en favor y cinco en contra. En favor de avalar la reforma votaron los ministros Arturo Zaldívar; Yasmín Esquivel Mossa; Ana Margarita Ríos Farjat; Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek.
En esa oportunidad no estuvo presente la ministra Loretta Ortiz, que llegó al cargo por recomendación del presidente López Obrador y por lo tanto era previsible su voto a favor de la reforma, lo cual se confirmó ayer.
El ministro Luis María Aguilar Morales había presentado un proyecto en el que propuso declarar la inconstitucionalidad de la reforma al artículo 17 de dicha ley, pues a su juicio pone en riesgo el federalismo y violenta el artículo 115 de la Carta Magna.
El jurista señaló que, si bien el Ejecutivo federal tiene la atribución de modificar la estructura de la Administración Pública Federal (APF), las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley les permite. En ese sentido, destacó que la norma no dice cuáles son los alcances y límites para los llamados super delegados, que no pueden tomar medidas a su libre albedrío.
La ministra Norma Lucia Piña Hernández apoyó el proyecto del ministro Aguilar, pues sostuvo que las reglas de operación no precisan límites a las atribuciones de los delegados, ni tampoco determinan si puede o no supervisar programas de otras dependencias distintas a la Secretaría del Bienestar, la cual dependen esos funcionarios. Por ello consideró que la norma no satisface la seguridad jurídica, pues además los llamados “delegados del bienestar” son nombrados a propuesta de una coordinación al mando del presidente de la República, por lo que no satisface el estándar mínimo de control, ya que también pueden ejercer presupuesto.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena también votó por la invalidez de la reforma, pues planteó que la instauración de delegaciones rompe el esquema previsto en la Constitución. “Se equiparan a una secretaria de Estado”, advirtió, y también escapan del control Legislativo.
Por el contrario, el ministro Javier Laynez estimó que los “superdelegados” no invaden las competencias y funciones de los estados y municipios. Además, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat planteó que las delegaciones no están desarticuladas de la Administración Pública Federal (APF), sino que dependen de la Secretaría del Bienestar y están subordinadas, por lo que no generan descontrol de sus funciones. Incluso, consideró que es un “modelo novedoso” para desconcentrar la administración pública.