Sentencia judicial atenta contra actividades informativas en radio y TV
Jorge Luis Galicia Palacios lunes 24, Ene 2022Como veo, doy
Jorge Luis Galicia Palacios
- También cancelan derechos de las audiencias
Este espacio coincide y apoya la postura de rechazo emitida por la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) respecto a que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por unanimidad, que los programas de radio y televisión deben distinguir de manera clara la información y la opinión en su programación, lo cual nos parece no un error sino un absurdo y aberrante atentado contra la libertad de expresión.
Nos unimos porque el resolutivo judicial además vulnera el derecho de las audiencias, al cancelar los lineamientos sobre derechos de las audiencias establecidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones en 2016, lo cual de plano raya en un exceso del poder judicial. Aquí, parte del comunicado de la CIRT:
“La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) informa a la opinión pública su absoluto rechazo a la sentencia del amparo en revisión 1031/2019 aprobada por mayoría en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 19 de enero de 2022.
Dicha sentencia es un ataque directo e inusitado a la libertad de expresión en México, al ordenar que en cualquier contenido de las estaciones de radio y televisión del país se deba diferenciar entre información noticiosa y la opinión de quien la comunica.
Se trata de una obligación de imposible cumplimiento en la realidad y que va en contra del más elemental sentido común. La libertad de expresión de los medios de comunicación y de sus comunicadores es la que les permite entreverar noticia y opinión; decidir la agilidad con la que se hace uso la comunicación; el derecho a la libertad editorial y el momento y la forma en que se utiliza. Es absurdo que desde el Estado se pretenda someter a la radio y la televisión a controles y sanciones burocráticas que rompan con el flujo y el ritmo de la comunicación.
Ante esta grave imposición sobre la radio y la televisión, se corre el riesgo inminente de que sean cancelados la mayor parte de los programas noticiosos y que se eliminen aquellas notas informativas en que terceros no distinguen entre información y opinión. Tal medida afectará la dinámica de trabajo de todos los medios, tanto públicos como privados, como es el caso de la transmisión de los encuentros en las “mañaneras” del C. Presidente de la República, si no hace una clara distinción entre noticia y opinión”.
Hasta ahí el comunicado al, que por cierto, se ha unido el gremio periodístico organizado, conformado por la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, Fapermex; Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, Conalipe; Club Primera Plana, y Federación Latinoamericana de Periodistas, Felap-MÉXICO, entre otras no menos importantes agrupaciones de profesionales de la comunicación, la información y el micrófono, por considerar que la sentencia aprobada en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un retroceso de los hasta ahora bien establecidos derechos constitucionales en materia de libertad de expresión e información . Que conste.
LAS CARTAS HABLAN.- “Todo informador, en su calidad de intermediario de la programación que difunde, debe cumplir con el deber de que la información divulgada sea, por un lado, veraz y, por otro, imparcial, de tal forma que distinga entre las opiniones o juicios de valor de quien informa y el contenido mismo del mensaje informativo o noticioso”, reza la sentencia antes referida.
Es de entender entonces que en la labor judicial, sus representantes, hay quienes investigan y estudian a fondo los temas que les son turnados para una resolución adecuada a la hora de confeccionar el andamiaje legal que acompaña al México de hoy, pero también se observa que hay quienes actúan a la ligera y no alcanzan a entender la realidad de las cosas, como parece ser el caso del ministro ponente Juan Luis González Alcántara, porque en el caso antes expuesto queda claro que los jueces que se pronunciaron a favor de dicha sentencia desconocen por completo cómo funciona el periodismo en radio y televisión y, con su desafortunada sentencia, lo único que logran es poner en desventaja a las empresas mexicanas con respecto de otras plataformas informativas plenamente desreguladas. ¿O acaso eso es lo que pretenden?
VA MI RESTO.- Con la firme postura de rechazo al resolutivo judicial que pretende obligar a la radio y televisión para que en sus contenidos noticiosos distingan de manera clara la información y la opinión en su programación, la CIRT destaca que en este caso darán la batalla para no ser censurados y que harán uso de todos los recursos legales que la ley les concede para continuar ofreciendo a la audiencia mexicana contenidos de calidad, ágiles, entretenidos, comprometidos con la verdad y, antes que cualquier cosa: emitidos con total libertad y con estricto apego a los derechos de información, libertad de expresión y de las audiencias, y hasta ahí porque como veo doy.