Promulga EPN Ley General sobre Desapariciones Forzadas
Nacional viernes 17, Nov 2017- Se solidariza con quienes han sufrido ese “horror”
El presidente, Enrique Peña Nieto, promulgó ayer la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, que fuera aprobada por el Congreso de la Unión en octubre pasado.
En Los Pinos, el mandatario estuvo acompañado por funcionarios federales, integrantes de organismos internacionales y familiares de víctimas de este delito.
A partir de esta nueva ley se crea el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Adicionalmente, castiga con penas de 40 a 60 años de prisión a los funcionarios públicos responsables de la desaparición de una persona, y de 25 a 50 años a los particulares que cometan el delito.
Ante familiares de desaparecidos, el Presidente afirmó que al igual que ellos se siente frustrado por este flagelo en el país.
Durante la promulgación de la ley, el mandatario dijo que se solidariza con todos aquellos que han sufrido ese “horror”.
“He escuchado con gran atención a quienes han compartido en este espacio sus experiencias de dolor, yo también tengo una enorme frustración muchas veces”, expuso.
“La desaparición de personas es una de las experiencias más dolorosas que alguien puedo sufrir, me solidarizo con todos aquellos que han padecido ese horror, y no sólo lo hago como Presidente de la República, lo hago como ciudadano, como persona, porque comparto sus sentimientos”.
Peña Nieto reconoció que durante décadas se han registrado miles de desapariciones en México. Como Estado, aseguró, no se debe tolerar más esta situación, pues no sólo es una causa de sufrimiento e incertidumbre terrible para las familias, también lastima a la sociedad.
“Sociedad y gobiernos nos negamos a seguir tolerando este estado de cosas”, sostuvo. Asimismo, destacó el trabajo de organizaciones civiles y familiares por luchar para concretar esta legislación.
Sin su lucha incansable, añadió, no se hubiera podido llegar a su promulgación.
La nueva legislación, consideró, marcará un antes y un después.
Ahora, aseguró, los gobiernos están obligados a la búsqueda de personas.
Pese a que la discusión de la ley fue de tres años, aseguró que los legisladores también merecen un reconocimiento por su labor. La pena para quien incurra en este delito es de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días de multa.
La sanción aumenta hasta en una mitad cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacidad o adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.
Se establece que comete el delito de desaparición forzada de personas el servidor público o el particular que con la autorización, el apoyo o aquiescencia de un servidor público prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero.
Da plazo de 60 días
El Presidente dio un plazo de 60 días a la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República para crear los órganos y realizar las acciones necesarias para el arranque de la ley.
Entre ellas, instalar el Sistema Nacional de Búsqueda; constituir la Comisión Nacional de Búsqueda y el Consejo Nacional Ciudadano. Así como depurar y realizar el traslado a la Secretaría de Gobernación el registro de personas desaparecidas, y crear y poner en operación el Banco Nacional de Datos Forenses.
También construir el Sistema Único de Información para la Búsqueda, el cual privilegie la búsqueda en vida de personas; un plan para la ubicación de fosas comunes y clandestinas, y elaborar los protocolos de búsqueda e investigación.
“En todo este proceso debemos ir juntos”, convocó el Mandatario, quien advirtió que los estados deberán asumir su responsabilidad para aterrizar la legislación.