Habrá descuentos en el mes del testamento
Nacional viernes 2, Sep 2016- Protección del patrimonio familiar
En el marco del mes del testamento, que inició ayer en el país, las personas podrán obtener asesorías, horario de atención más amplio en las notarías y descuentos en el pago.
El programa concluirá el 30 de este mes y tiene como finalidad promover entre la ciudadanía la importancia de hacer un documento para proteger a la familia después de fallecer.
El testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte, indicó la Secretaría de Gobernación (Segob) a través del blog del gobierno federal.
Señaló que al dejar un testamento también se hereda tranquilidad a las familias, porque cuando existe no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio intestamentario que es caro, tedioso y largo.
Al fallecer el testador, los bienes pasan más fácilmente y de forma inmediata a las personas que el mismo testador quiera y en la proporción que él mismo disponga, protegiendo con ello el patrimonio.
Para hacer un testamento sólo se requiere acudir con el notario, una identificación oficial que manifieste a qué persona o personas quieren que pasen los bienes al morir y pagar los honorarios.
En materia civil los testamentos se clasifican en ordinario y especial. Dentro del primero se encuentra el testamento Público Abierto, el cual se otorga ante notario público, de conformidad con las disposiciones de las leyes de la materia.
El Testamento Público Cerrado puede ser escrito por el testador o por otra persona a su petición; la condición que deben cumplir es que el papel en que esté redactado el testamento o el sobre que lo contenga, deberá estar cerrado y sellado.
En tanto, el Público Simplificado es aquél en el cual en la misma escritura de adquisición de un inmueble destinado o que vaya a destinarse para vivienda, se establece a los herederos.
El Ológrafo debe ser escrito de puño y letra del testador; estos testamentos no producirán efecto si no están depositados ante la autoridad competente que disponga la legislación de la materia.
Los testamentos especiales pueden ser privados y se hacen cuando el testador es atacado de una enfermedad tan violenta y grave que no le permita acudir ante el Notario Público a hacer el testamento o no haya Notario Público en la población, o juez que actúe por receptoría.