Fija SSA nuevos límites permisibles para el aire
Nacional miércoles 20, Ago 2014- La dependencia redujo los límites de concentración de partículas suspendidas PM10 y PM2.5
La Secretaría de Salud (SSA) redujo los límites de concentración de partículas suspendidas PM10 y PM2.5 en el aire ambiente, y dio a conocer los criterios para su evaluación, a fin de proteger la salud de la población.
Estos datos se concentran en la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA1-2014, que deja sin efectos la modificación a la NOM-025-SSA1-1993, Salud ambiental y criterios para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto a material particulado publicada el 26 de septiembre de 2005.
De esta manera, la NOM es de observación obligatoria en todo el país, para las autoridades federales y locales que tengan a su cargo la vigilancia y evaluación de la calidad del aire.
La disposición detalla que para efectos de protección de la salud de la población más vulnerable se establecen dos valores límite, tanto para las concentraciones ambientales de las Partículas Menores (PM) a 10 micrómetros PM10 como de las PM2.5.
Ahora, para las partículas menores a 10 micrómetros PM10 el límite de 24 horas es de 75 microgramos de metro cúbico (μg/m3), como promedio de 24 horas, y el límite anual: 40 μg/m3, como promedio anual.
En tanto, que para las partículas menores a 2.5 micrómetros PM2.5 el límite de 24 horas es de 45 μg/m3, como promedio de 24 horas, y el límite anual por 12 μg/m3, como promedio anual.