Legislatura avala medios para recuperar patrimonio
Estado de México jueves 19, Dic 2013- El Congreso mexiquense aprobó un ordenamiento para evitar que bienes públicos sean aprovechados por particulares
Al considerar que la figura legal para la recuperación de bienes patrimonio del estado o los municipios utilizados o aprovechados por particulares que no puedan demostrar su posesión legal, es inoperable y genera un detrimento a dicho patrimonio, la LVIII Legislatura aprobó dotar a la autoridad de las herramientas jurídicas necesarias para una recuperación pronta y expedita.
En la última sesión ordinaria del cuarto periodo, presidida por la legisladora Ana María Balderas Trejo (PAN), la asamblea también emitió la Declaratoria de Aprobación de la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el artículo 18 de la Constitución estatal para incluir el concepto de cambio climático. Respecto de la iniciativa del gobernador, Eruviel Ávila Villegas, que perfecciona los medios y herramientas para la recuperación de bienes patrimonio de la entidad o los municipios, el dictamen presentado al pleno por el diputado Gabriel Olvera Hernández (PRI), precisa que se pretende acabar con la impunidad asociada a estos casos, ya que en dichos bienes se cumplen funciones muy específicas que el gobierno tiene como obligación otorgar, como por ejemplo, el tránsito peatonal o vehicular, el esparcimiento, la recreación o la prestación de servicios indispensables para la salud y el bienestar social.
El dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Patrimonio Estatal y Municipal y de Legislación y Administración Municipal, en cuya discusión el diputado Silvestre García Moreno (PRD) destacó que la propuesta va en contra del derecho al debido proceso, modifica el Código de Procedimientos Administrativos para establecer que en los casos de actos fiscales, decretos de expropiación de bienes, medidas de seguridad, recuperación administrativa y sanciones de tránsito, la garantía de audiencia se otorgará en los medios de impugnación que se hagan valer en su contra.
Asimismo, reforma y adiciona la Ley de Bienes del Estado y Municipios para precisar el procedimiento de recuperación administrativa, del que destaca que corresponderá a la Secretaría de Finanzas, por conducto de la Dirección General de Recursos Materiales, determinar la recuperación administrativa de bienes del dominio público y/o privado, mediante acuerdo en el que funde y motive debidamente su procedencia.
A propuesta del diputado Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo (PAN), se estableció que la persona que sea notificada por detentar dicha propiedad irregularmente, cuente con tres días para acreditar la posesión. Si no acredita la posesión del inmueble en recuperación con los documentos fehacientes, se le dará un plazo, a criterio de la autoridad competente, para desalojar el lugar.
En caso de negativa a entregar el inmueble, la autoridad competente tendrá la facultad de solicitar el auxilio de la fuerza pública, respetando en todo momento los derechos humanos de los particulares. Para el desalojo, el notificador podrá asistirse del número de servidores públicos adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales que crea conveniente para hacer constar los hechos que sucedan durante el procedimiento de recuperación administrativa. Bajo ninguna circunstancia se podrá detener la diligencia de recuperación administrativa hasta tomar posesión del bien inmueble.
CONSTITUCIONAL LA FIGURA DE CAMBIO CLIMÁTICO
Con 94 votos a favor de los ayuntamientos integrantes del Constituyente Permanente de la entidad, fue avalada la incorporación de la figura de cambio climático en el artículo 18 de la Constitución, por lo que la Asamblea expidió la respectiva declaratoria de aprobación. Para cobrar vigencia, deberá ser promulgada por el Ejecutivo mexiquense, a quien le fue remitida.