En competencia militar no hay absolutos: Corte
Cd. de México martes 14, Ago 2012- El ministro Juan Silva Meza señala que ahora se está en presencia de eventuales ofendidos que no son sujetos pasivos
No se puede estar en los absolutos en el tema de la competencia militar, porque ahora se está en presencia de eventuales ofendidos que no son sujetos pasivos, sino de la afectación a un bien jurídicamente protegido diferente al de eventuales víctimas, aseguró el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Silva Meza.
Lo anterior, durante el inicio de la segunda semana en que el máximo tribunal del país, analiza y discute el tema del fuero militar en dos conflictos competenciales entre jueces militares y de la justicia ordinaria civil y 28 amparos referentes al fuero militar.
Durante la sesión pública de ayer se inició la discusión y análisis del conflicto competencial 60/2012 entre el Juzgado Séptimo de Distrito en el estado de Michoacán y el juzgado militar adscrito a la Quinta Región militar.
En este caso, se analiza la causa penal 59/2011 que se instruyó a un teniente, así como a un sargento segundo y un cabo, todos ellos de infantería, como probables responsables de los delitos de falsedad en declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad en su modalidad de simulación de pruebas.
El tema del estudio es determinar a qué órgano jurisdiccional le asiste la competencia por razón de fuero, respecto de una causa penal instruida a un militar, a quien se le atribuye la comisión de un delito cuando se encontraba en ejercicio de sus funciones.
En este caso, el ministro presidente, señaló que es cierto que en el caso Radilla y en las interpretaciones que hemos venido haciendo, y como se resolvió el asunto anterior, determina la exclusión del fuero militar o lo reducen si existe una víctima civil.